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El juicio por un delito de lesiones se celebró el pasado mes de noviembre. :: JAVIER FERNÁNDEZ
Ciudadanos

Dos años de cárcel para el aficionado del Cádiz que agredió a uno del Xerez

El juez considera que el acusado arrojó un trozo de silla a la víctima en el partido, por lo que deberá indemnizarle con 8.336 euros

ALMUDENA DOÑA admontalvo@lavozdigital.es
JEREZ.Actualizado:

A pesar de las contradicciones en las que incurrieron los testigos durante el juicio, el magistrado de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Jerez lo ha tenido claro y en menos de un mes ha dictaminado la culpabilidad de Julián G. D, el aficionado del Cádiz acusado de agredir a un xerecista durante un partido celebrado en Chapín. Concretamente, el condenado deberá cumplir una pena de dos años de cárcel por un delito de lesiones y pagar a la víctima una indemnización de 8.336 euros por los daños infringidos.

Como ha podido saber LA VOZ, en la sentencia el juez considera como hechos probados que el imputado efectivamente se encontraba en el campo el día de autos (18 de junio de 2005) y que fue él quien lanzó un trozo de silla al público impactando contra José Luis F. R, que sufrió heridas en uno de sus ojos.

Una de las cuestiones sobre las que incide el magistrado es la verosimilitud de las pruebas testificales aportadas por la acusación particular, especialmente las referidas a un testigo que de forma casual presenció el ataque y cuyo testimonio se ha mantenido en el tiempo, señalando en todo momento al ahora condenado. Algo que contrastaría con la versión facilitada por los testigos de la defensa, que salieron a la palestra cinco años después de que sucedieran los hechos, cuando se supone que habían vivido de primera mano lo ocurrido.

Una de las cuestiones que causaron mayor controversia durante el juicio fue la vestimenta que llevaba Julián G. D. el citado día. Como aseguraron los testigos de la acusación particular, mientras que todos sus acompañantes iban de amarillo, acordes con la equipación oficial del Cádiz, esta persona vestía una camiseta negra, lo que facilitó que se fijaran en él y su inmediata identificación.

Escasa veracidad

Los amigos de Julián, por contra, afirmaron que llevaba como ellos el uniforme de su equipo, con lo que resultaría casi imposible haberlo distinguido entre la multitud de hinchas cadistas. El fallo pone en evidencia la escasa veracidad otorgada a estos testimonios, y el juez reconoce que no es tan relevante que vistiera un color u otro como la declaración del primero de los testigos mencionados, una persona que pasaba por allí, sin vinculación con la víctima, y que de una forma coherente ratificó su versión inicial a lo largo de estos cinco años.

Un lustro transcurrido que no puede pasar desapercibido en el procedimiento, puesto que ha sido utilizado por la defensa para aludir a unas dilaciones indebidas que finalmente han favorecido al acusado, al ser consideradas como atenuante. Ésta puede ser una de las razones por las que no ha prosperado la petición de tres años de cárcel solicitada tanto por la Fiscalía como por el letrado del perjudicado, que también pedía una indemnización de 28.000 euros.