Absuelven a una maltratada de asesinar a su marido
Un jurado popular no ve pruebas suficientes para considerar intencionada la muerte del hombre cuando intentaba agredir a su esposa
MADRID.Actualizado:La acusada de matar a su marido en noviembre de 2009 en Tafalla (Navarra), María Pilar Marcos Rubio, fue declarada absuelta por un jurado popular. La mujer, de 64 años, estaba imputada por la Fiscalía de un delito de homicidio por el que se pedían para ella once años de cárcel, mientras que el abogado solicitaba la absolución al entender que su patrocinada actuó en defensa propia y argumentar que padecía «el síndrome de la mujer maltratada y un gran miedo a su marido», José Antonio G.S., con quien llevaba casada 44 años y tenía cinco hijos.
En su veredicto, el jurado considera probado que el 2 de noviembre de 2009 el matrimonio mantuvo en su domicilio una fuerte discusión en el transcurso de la cual el hombre dio una bofetada a su mujer que hizo que ésta perdiera el equilibrio y se golpeara con una mesa, de donde cogió un cuchillo de cocina que estaba «casi al lado» de donde ella se apoyó. La mujer, indica el jurado, cogió el arma con ánimo de defenderse, momento en el cual él se abalanzó sobre ella y ésta, para evitar que continuara la agresión, estiró el brazo derecho con el cuchillo en la mano y le causó un corte en el brazo izquierdo.
El hombre agarró después a su esposa del brazo derecho, en cuya mano llevaba el cuchillo, y le causó dos hematomas, tras lo cual le dio un empujón hasta el fregadero y una vez allí le propinó un nuevo puñetazo en el brazo izquierdo. El jurado no ha conformado, sin embargo, una mayoría suficiente a la hora de determinar lo ocurrido después y señala que no existen pruebas suficientes que demuestren que la acusada dirigiese voluntariamente el cuchillo hacia el pecho de su marido o que tuviera intención de acabar con su vida.
Defensa
A la hora de determinar las causas de una posible exención de su responsabilidad, el jurado concluye que desde el principio de su matrimonio la procesada había recibido de su marido múltiples agresiones físicas y vejaciones morales de todo tipo, aunque no se atrevió nunca a denunciarlo a la policía o a solicitar la separación o el divorcio debido a «la educación recibida» y sus «profundas convicciones religiosas».
No obstante, matiza que, en el momento de la agresión, la acusada no temió por su vida porque además en los últimos años las agresiones físicas habían disminuido. Aunque la acusada debió temer por su integridad física, el jurado no estima que se produjese una situación de miedo hasta el punto de ver en peligro su vida. Entre las atenuantes, el jurado también considera probado que la absuelta llamó al 112 para comunicar los hechos e inmediatamente taponó la herida de su marido con trapos y toallas «tratando de evitar la muerte de éste».
Tras escuchar el veredicto, los familiares e hijos de la acusada, que habían declarado a su favor, se abrazaron y se han escucharon gritos de alegría.