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violencia doméstica

El juez absuelve a la mujer de Tafalla acusada de matar su marido

Pilar M.R., de 64 años, estaba acusada por la fiscalía de un delito de homicidio por el que pidió para ella 11 años de cárcel

EFE
PAMPLONAActualizado:

El juez encargado del proceso contra la mujer de Tafalla acusada de matar el año pasado a su marido en el domicilio familiar ha dictado hoy su absolución, después de que el jurado popular haya considerado que no ha quedado probado ninguno de los hechos delictivos que se le imputaban.

Pilar M.R., de 64 años, estaba acusada por la fiscalía de un delito de homicidio por el que pidió para ella 11 años de cárcel, mientras que el abogado solicitó la absolución al entender que su patrocinada actuó en defensa propia y argumentar que padecía "el síndrome de la mujer maltratada y un gran miedo a su marido", José Antonio G.S., con quien llevaba casada 44 años y tenía cinco hijos.

Tras la vista oral que se prolongó durante tres jornadas, el jurado ha debatido ayer y hoy si la herida por arma blanca que presentaba la víctima y que provocó una hemorragia que terminó con su vida constituía un accidente fortuito, un homicidio imprudente o un homicidio con dolo eventual, los tres supuestos planteados en el cuestionario, el objeto del veredicto, al que debían dar respuesta. Considerarla culpable de alguno de ellos hubiera necesitado el voto de al menos 7 de los 9 miembros que integraban el jurado, ocho hombres y una mujer, y no se ha alcanzado esta mayoría en ninguno de los tres supuestos.

En su veredicto, el jurado considera probado que el 2 de noviembre de 2009 el matrimonio mantuvo en su domicilio una fuerte discusión en el transcurso de la cual el hombre dio una bofetada a su mujer que hizo que ésta perdiera el equilibrio y se golpeara con la mesa, de donde cogió un cuchillo de cocina que estaba "casi al lado" de donde ella se apoyó. La mujer, indica el jurado, cogió el cuchillo con ánimo de defenderse, momento en el cual él se abalanzó sobre su esposa y ésta, para evitar que continuara la agresión, estiró el brazo derecho con el cuchillo en la mano y le hirió en el brazo izquierdo.

El hombre agarró después a su esposa del brazo derecho, en cuya mano llevaba el cuchillo, y le causó dos hematomas, tras lo cual le dio un empujón hasta el fregadero y una vez allí le causó un nuevo hematoma en el brazo izquierdo. El jurado no ha logrado sin embargo una mayoría suficiente a la hora de determinar lo ocurrido después y señala que no existen pruebas suficientes que demuestren que la acusada dirigiese voluntariamente el cuchillo hacia el pecho de su marido o que tuviera intención de matar.

Años de malos tratos

A la hora de determinar las causas de una posible exención de su responsabilidad, el jurado concluye que desde el principio de su matrimonio la procesada había recibido de su marido múltiples agresiones físicas y vejaciones morales de todo tipo, aunque no se atrevió nunca a denunciarlo a la policía o a solicitar la separación o el divorcio debido a "la educación recibida" y sus "profundas convicciones religiosas". No obstante, matiza que, en el momento de la agresión, la acusada no temió por su vida porque además en los últimos años las agresiones físicas habían cesado.

Aunque la acusada debió temer por su integridad física, el jurado no estima que se produjese una situación de miedo hasta el punto de ver en peligro su vida. Entre las atenuantes, el jurado también considera probado que la acusada llamó al 112 para comunicar los hechos e inmediatamente taponó la herida de su marido con trapos y toallas "tratando de evitar la muerte de éste".

Tras la lectura del veredicto del jurado, el magistrado ha decretado la absolución de la acusada de todos los cargos, un pronunciamiento que la procesada ha acogido con gritos de alegría, mientras sus hijos corrían a abrazarla. La sentencia absolutoria 'in voce' pronunciada hoy por el magistrado será ratificada posteriormente por escrito, aunque la fiscalía tiene ahora la opción de recurrir el fallo ante el TSJN y, de ser desestimado, de presentar un último recurso ante el Supremo.