Viola dos penas de alejamiento para casarse con el hombre que la denunció
La Fiscalía solicitó un año de cárcel por quebrantamiento continuado pero la Audiencia la absuelve al existir consentimiento
CÁDIZ.Actualizado:Acudió al juicio por violar dos penas de alejamiento que le prohibían acercarse a su ex pareja en una situación sentimental inesperada. Se había casado con él durante el tiempo que la Justicia le había condenado a no aproximarse. Además de una historia peculiar, este asunto supuso la colisión entre dos interpretaciones jurídicas: si el quebrantamiento de una decisión judicial de estas características deja de ser delito porque la víctima consiente regresar con la persona condenada o si debe prevalecer el acatamiento de la sentencia y el principio de autoridad. En este caso, la Fiscalía de Cádiz pidió una sentencia condenatoria, pero en primera instancia y ahora la Audiencia Provincial no ha apoyado sus tesis.
La denunciante es una mujer brasileña, vecina de El Puerto, que fue condenada en abril de 2007 por un delito de violencia doméstica y amenazas en el ámbito familiar. La sentencia incluía dos penas de alejamiento que le prohibían acercarse a su ex pareja, quien le había llevado a juicio por malos tratos.
Según la sentencia de apelación de la Sección Tercera de la Audiencia, la mujer decidió marcharse a su país de origen. Pero meses después, quien la había denunciado fue a buscarla a Brasil y en febrero de 2008 contrajo matrimonio con ella, pese a que existían dos órdenes de alejamiento vigentes.
En el primer juicio celebrado en enero del año pasado en el Penal nº 1 de Cádiz, la denunciada acudió con su marido y ambos aseguraron que creían que la condena había quedado sin efecto por el simple hecho de reconciliarse y haberse casado. El juez admitió el consentimiento como circunstancia determinante para absolverla del delito de quebrantamiento continuado. Sin embargo, la Fiscalía recurrió y pidió para ella una pena de cárcel de un año, alegando que el delito estaba en no haber respetado una decisión judicial. Sin embargo, la Audiencia ratificó la decisión del juez de primera instancia.