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ANDALUCÍA

Admiten a trámite el recurso del CSIF contra la reordenación del sector público

E. P.
SEVILA.Actualizado:

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso presentado por el sindicato CSIF-A contra el acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprobó el decreto ley de reordenación del sector público 5/2010 por el que se redistribuyen todas las empresas públicas del Gobierno autonómico.

Según la responsable del área de administración autonómica de CSIF-A, Alicia Martos, este recurso «se interpuso velozmente y ha sido admitido a trámite con la celeridad que da el corto plazo, toda vez que lo presentamos ante el TSJA por la vía especial de protección de derechos fundamentales», dijo.

Recordó que en dicho recurso se pedía la nulidad del acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta donde se impulsó y se aprobó el decreto ley de reordenación. Además, el sindicato pidió, como medida cautelar, la suspensión de dicho acto. Ahora, la Junta tiene cinco días improrrogables para que de forma urgente remita el expediente administrativo a la sala.

Indicios de inconstitucionalidad

La portavoz sindical consideró que CSIF-A «ha argumentado suficientemente por qué se debe suspender este acto administrativo del Consejo de Gobierno», ya que, a su juicio, «este decreto ley provocará graves daños de difícil reparación para los trabajadores».

Martos, que destacó el hecho de que «el tribunal ha visto indicios de conculcación de varios artículos de la Constitución y de derechos fundamentales», consideró este decreto ley de la Junta «un atropello para los derechos fundamentales de los empleados públicos, por lo que estamos muy satisfechos con esta admisión a trámite».

Entre los artículos constitucionales que, a juicio de CSIF-A, se violan con esta ley, se encuentran la falta de negociación en una norma que afecta a las condiciones de personal y que debería haber sido previamente negociando con las organizaciones sindicales. También se vulnera el artículo 14, por el que «todos los ciudadanos somos iguales ante la ley» y el artículo 23 de la Constitución, que alude al «acceso a la función pública en condiciones de igualdad, mérito y capacidad».