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ESPAÑA

El Constitucional argumenta que no hay base legal para suspender la ley del aborto

MELCHOR SÁIZ-PARDO
MADRID.Actualizado:

Suspender de manera cautelar la aplicación de la nueva ley del aborto, que entró en vigor el pasado 5 de julio, como pretendía el Partido Popular era simplemente imposible, porque no hay amparo legal para tomar esa decisión. Así lo cree el Tribunal Constitucional que este martes hizo público el auto en el que rechaza la pretensión de los populares de dejar en suspenso la aplicación la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tanto en cuanto la resuelva el recurso del partido opositor, que cuestiona su constitucionalidad. Entiende la corte que para tomar una decisión tan grave como paralizar de manera cautelar la entrada en vigor de la normativa sería necesario una previsión expresa en la Constitución que no existe.

La resolución del pleno, que cuenta con los votos discrepantes de cinco de los once magistrados, recuerda que la «Constitución no prevé que, tras su entrada en vigor, la ley estatal pueda ver impedida su aplicabilidad mediante una medida suspensiva o cautelar». La corte insiste en que no hay base legal para «limitar» la entrada en vigor de una normativa emanada del Parlamento central, puesto que la Carta Magna sólo contempla la «medida suspensiva o cautelar» para «las disposiciones de las comunidades autónomas» y sólo cuando éstas sean «impugnadas por el Gobierno de la Nación», tal y como recoge el artículo 30 de la propia Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.