Reabren el caso por supuesto abuso de un mando de la Guardia Civil
El Tribunal Militar dictó el archivo porque no veía delito en la conducta de un capitán de Tráfico; ahora el Supremo le ordena recabar pruebas
CÁDIZ. Actualizado: GuardarSu lucha contra el Cuerpo que le vio crecer como guardia civil se visualizó en 2009, cuando decidió vestir su uniforme y una pancarta insólita con la que pedía audiencia a Rubalcaba. El ministro había acudido a Chiclana para inaugurar las nuevas oficinas de la Policía Nacional y se encontró con una imagen muy poco habitual: un oficial del Instituto Armado que se rebelaba contra las decisiones adoptadas por sus superiores. El manifestante, con rango de teniente, denunciaba ser víctima de acoso laboral a manos del que fuera capitán del subsector de Tráfico en Cádiz; ahora comandante en la reserva. Su protesta acabó en arresto. Todo indicaba que sería el preludio del fin de su batalla judicial, iniciada dos años atrás; sobre todo después de que el Tribunal Militar Territorial Segundo dictara el sobreseimiento del caso. Pero el Tribunal Supremo (TS) le ha vuelto a dar aire, estimando su recurso.
En una resolución que se conoció hace escasos días, el TS ordena al juzgado instructor, en este caso el Togado Militar nº 22 de San Fernando, que reabra el caso porque entiende que el archivo no está bien motivado e incluso «resulta no sólo incongruente sino, desde luego, insuficiente para justificar una resolución de sobreseimiento definitivo». Dicha incongruencia la detecta el Supremo en la argumentación que realiza el juzgado de primera instancia para darle carpetazo al asunto, porque si bien reconoce que en los episodios denunciados «objetivamente pudieran enmarcarse en la rudeza, indelicadeza o incluso falta de educación» del mando, no argumenta con solidez la falta de delito.
El denunciante enumeró más de una treintena de situaciones en las que a su juicio fue víctima de un abuso de superioridad entre agosto de 2002 y febrero de 2005. Todas ellas están recogidas en la sentencia del Supremo, en la que se puede leer que el entonces alférez defendió, a lo largo del proceso judicial, que sufrió supuestamente difamaciones de su superior. «Este desprestigio y difamación se produce mediante afirmaciones falsas vertidas por el denunciado». También incluye otros episodios en los que dice que el mando le «puenteó», dando órdenes directamente al personal del destacamento de Tráfico que dirigía el alférez o cómo le dificultaba «las condiciones materiales mínimas para desarrollar su trabajo dignamente». El denunciante hace referencia a que sus peticiones para ser provisto de medios eran ignoradas sistemáticamente por su superior. En resumen, el ahora teniente describe una situación de vacío que a su entender sólo tenía como fin desacreditarlo.
El Tribunal Supremo no entra a enjuiciar la conducta del mando, al entender que es tarea del juzgado de primera instancia, aunque reconoce que los episodios que relata el denunciante, por si solo y de forma aislada, no tienen la entidad suficiente para considerarlas un delito de abuso de autoridad. «Sin embargo, no es menos cierto, valoradas en su conjunto aquellas actuaciones, no resultaría carente de todo fundamento conferir relevancia penal a las mismas».