Hacienda ha devuelto ya 7.265 millones de euros a 10,6 millones de contribuyentes
Hasta el 30 de junio se han confirmado 7,6 millones de borradores, un 6,9% más que en el mismo periodo del año anterior
MADRIDActualizado:La Agencia Tributaria (AEAT) ha reintegrado 7.265 millones de euros a 10,6 millones de contribuyentes con derecho a devolución en su declaración de la renta, un importe que es un 3,6% inferior al de un año antes, pese a que el número de beneficiarios es un 2,55% más. En un comunicado, la AEAT recuerda que sus previsiones apuntan a que el importe devuelto en la campaña de la Renta 2009 se reduzca un 4,5% y su compromiso es realizar el 85% de las devoluciones antes de principios de agosto.
Hasta el 30 de junio los contribuyentes confirmaron 7,6 millones de borradores del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un 6,9% más que en el mismo periodo del año anterior. El total de declaraciones presentadas en esta campaña, que terminó al cierre del primer semestre, ascendió a 15,8 millones, un 1,44% más, aunque es una cifra "provisional", aclara la Agencia Tributaria, porque quedan fuentes estadísticas por comprobar: las declaraciones presentadas en entidades colaboradoras y otros medios. A través de Internet se presentaron más del 45% de las declaraciones.
En España están obligadas a declarar las personas que obtengan rentas superiores a los 22.000 euros brutos anuales como rendimientos íntegros del trabajo cuando procedan de un único pagador, o de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuantía, no supere los 1.500 euros anuales. Este límite es de 11.200 euros anuales si proceden de varios pagadores y la suma percibida del segundo y restantes supera en conjunto los 1.500 euros anuales. Asimismo, si el pagador no está obligado a retener, o si se trata de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos, salvo que procedan de los padres por decisión judicial.
También cuando los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta sean superiores a 1.600 euros anuales en su conjunto. Además, deben declarar las rentas inmobiliarias imputadas derivadas de más de un inmueble urbano no arrendado distinto de la vivienda habitual, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.