Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizCádiz
JANDA

Fallo judicial a favor del Ayuntamiento de Medina por el nombramiento del jefe de la Policía Local

El contencioso fue interpuesto por la Asociación de Jefes y Directivos de Policías Locales de Andalucía contra una resolución de la Alcaldía

LA VOZ
MEDINAActualizado:

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Cádiz ha fallado a favor del Ayuntamiento de Medina Sidonia en un contencioso interpuesto en 2008 por la Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía. Este organismo impugnó en dicho año una resolución de la Alcaldía de Medina Sidonia de fecha 8 de septiembre, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por la Asociación contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno Municipal que aprobaba las bases para la provisión del puesto de Jefe de la Policía Local de la localidad.

En la sentencia el Tribunal considera que la Asociación de Jefes y Dirigentes de Policías Locales de Andalucía denuncia que las bases de dicha convocatoria estaban fijadas para favorecer a una persona determinada. Sin embargo, en los fundamentos de derecho el Tribunal establece que dichas bases transcriben literalmente el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales cuyo párrafo segundo establece que “El Jefe inmediato del Cuerpo será nombrado por el Alcalde, por el procedimiento de libre designación de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad,… El nombramiento se habrá de efectuar bien entre funcionarios de la máxima categoría de la plantilla del Cuerpo de Policía del municipio, o bien entre funcionarios de otros Cuerpos de Policía Local o de otros Cuerpos de Seguridad, con acreditada experiencia en funciones de mando y con igual o superior rango y categoría que la del funcionario que ocupa el puesto de superior categoría del cuerpo de Policía del municipio”.

Así, establece la sentencia que el recurso de la Alcaldía no puede decirse que infrinja una norma que copia literalmente de la Ley de Coordinación de las Policías Locales.

Del mismo modo, el juez en su sentencia desestima cada uno de los motivos que recogía la demanda interpuesta por la Asociación de Jefes y Dirigentes de Policías Locales de Andalucía, y dice textualmente “el procedimiento seguido por el Ayuntamiento para el nombramiento de Jefe de Policía Local se ajusta a derecho”.

En este sentido, hay que recordar que fue en diciembre de 2008 cuando el nuevo jefe de la Policía Local, Antonio Cabeza de Vaca Guerrero, tomó posesión de su cargo. Antonio Cabeza de Vaca es licenciado en derecho y procedía del Cuerpo Nacional de Policía donde ejercía las funciones de subinspector.

El alcalde de la ciudad, Francisco Carrera, ha valorado muy positivamente el fallo que recoge la sentencia y, como en otras tantas ocasiones, da la razón al Ayuntamiento en su forma de proceder y a su vez da un varapalo a la Asociación de Jefes y Dirigentes de Policías Locales de Andalucía.