Los jóvenes infractores podrán realizar tareas socioeducativas
El delegado del Gobierno y el alcalde firman un convenio para que los menores cumplan las medidas de medio abierto impuestas por los juzgados
Actualizado: GuardarEl delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, Gabriel Almagro y el alcalde de Prado del Rey, Fernando Pérez, han firmado un convenio de colaboración para la ejecución de las medidas judiciales impuestas por los juzgados de Menores, alternativas a las privativas de libertad.
A raíz de este convenio, el municipio colaborará con la Consejería de Gobernación y Justicia para que menores infractores cumplan la medida impuesta por el juzgado y favorezcan su integración social. El acuerdo recoge que las medidas judiciales son la prestación en beneficio de la comunidad, las tareas socioeducativas y las reparaciones a favor de la sociedad derivadas del proceso extrajudicial de conciliación. Con este tipo de acuerdos se contribuye a la labor educativa del joven, que se produce además en el propio entorno territorial y social donde comparte valores, gustos y tendencias, y donde habitan él y su familia.
La prestación de servicio en beneficio de la comunidad es una de las catorce medidas judiciales, de las denominadas de medio abierto, que se pueden imponer a los menores infractores. Tiene carácter voluntario y se traduce en acciones siempre relacionadas con el interés social o el beneficio de personas en situación de precariedad. Estas actividades no son retribuidas y, además, bajo ninguna condición podrán atentar a la dignidad del menor, comportando además un contenido educativo orientado a su desarrollo integral.
La tarea socioeducativa incluye la realización de alguna actividad de contenido didáctico, orientada igualmente al desarrollo del menor. Por su parte, las reparaciones a favor de la sociedad derivan del proceso extrajudicial de conciliación y reparación, y se traducen, por lo general, en actividades similares a las prestaciones en beneficio de la comunidad.
En definitiva, el conjunto de medidas de carácter socioeducativo tienen por finalidad que el menor comprenda que la comunidad o determinadas personas han sufrido de forma injustificada unas consecuencias negativas derivadas de su conducta. Se pretende que el joven asuma que actuó de modo incorrecto, que merece el reproche formal de la sociedad y que la prestación de los trabajos que se le exigen es un acto de reparación justo.