El Constitucional rechaza reintegrar al magistrado progresista Pérez Tremps en las deliberaciones sobre la sentencia del Estatuto
La Generalitat había pedido que el juez estuviera en las votaciones de aquellos artículos que no tienen nada que ver con el motivo de su recusación
MADRIDActualizado:El Tribunal Constitucional ha rechazado la petición que le hizo el Gobierno catalán para reintegrar a las deliberaciones sobre la sentencia del Estatuto al magistrado Pablo Pérez Tremps, que fue apartado de la resolución de este recurso a instancias del PP por haber asesorado para la redacción de los preceptos de la norma catalana relativos a las relaciones de la Generalitat con la Unión Europea.
El alto tribunal ha notificado una providencia en la que se opone a las pretensiones de la Generalitat, que buscaban volver a introducir a Pérez Tremps en las deliberaciones con el fin de reforzar los apoyos progresistas al Estatuto. Argumentaban que, una vez que se ha planteado la votación de la sentencia artículo por artículo, no habría impedimentos para que este magistrado pudiera estar presente en la votación relativa a los preceptos que no se refieran a las relaciones exteriores del Ejecutivo catalán, que fue por lo que fue recusado.
Fuentes del tribunal ya apuntaron ayer que la propuesta de la Generalitat no tenía mucho sentido porque las deliberaciones no siempre se dan en bloques temáticos, sino que podrían agruparse varios artículos sobre los que, por ejemplo, hubiera unanimidad sobre su inconstitucionalidad, con independencia del contenido de los mismos.
Igualdad de fuerzas
La vuelta de Pérez Tremps a las deliberaciones hubiera posibilitado la formación de una clara mayoría progresista, ya que su voto se sumaría a los de la primera ponente de la sentencia, Elisa Pérez Vera, la presidenta, María Emilia Casas, y los magistrados Pascual Sala, Eugeni Gay y Manuel Aragón.
El Constitucional debe resolver en los próximos días los recursos de la Generalitat y del Parlamento de Cataluña contra su decisión de no declararse incompetente para pronunciarse sobre el Estatuto. El pasado martes, el tribunal dio un plazo de tres días a las partes personadas en el procedimiento -la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las que recurrieron contra el Estatut: el PP, el Defensor del Pueblo y las Comunidades Autónomas de Murcia, La Rioja, Baleares, Valencia y Aragón- para que hicieran alegaciones.
La sentencia sigue atascada
La respuesta al Ejecutivo catalán se produce al día siguiente de que el pleno del tribunal volviera a reunirse para tratar sobre la sentencia del Estatuto, aunque finalmente no se produjo ningún avance porque la presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, que el pasado 19 de mayo asumió la ponencia de la resolución, aún no ha entregado el nuevo texto a sus compañeros.
Casas tampoco ha convocado de momento un nuevo pleno, aunque fuentes del tribunal aseguran que su intención sigue siendo la de votar, aprobar y notificar la sentencia antes del verano y de que, por tanto, comience la precampaña de las elecciones autonómicas catalanas previstas para el próximo otoño.
La posibilidad de votar la sentencia por bloques ha sido planteada por Casas después de que ni los cinco borradores presentados por Pérez Vera ni el que después redactó el conservador Guillermo Jiménez obtuvieran los apoyos suficientes para convertirse en la resolución definitiva. Esta votación por bloques está prevista en el artículo 254 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que ésta, "a juicio del presidente, podrá tener lugar separadamente sobre los distintos pronunciamientos de hecho o de derecho que hayan de hacerse, o parte de la decisión que haya de dictarse".
A pesar de que ninguno de los magistrados que componen el pleno se ha opuesto a este sistema, la fórmula para llevar a cabo la votación aún no se ha cerrado.