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La falta de medios en los juzgados imposibilita los desahucios 'exprés'

Aunque los procesos se agilizan, desalojar a un inquilino moroso cuesta aún una media de cuatro meses más de lo que marca la ley

JESÚS ARAGÓN ciudadanos@lavozdigital.es
CÁDIZ.Actualizado:

«Hemos mejorado, pero ir tan rápido como establece la ley es imposible a día de hoy». Esta afirmación tan categórica es de Juan José Parra, juez decano del partido judicial de Jerez.

La experiencia de éste y otros muchos profesionales de la justicia gaditana dice que no hay normativa legal que valga, si ésta no va acompaña por los medios materiales y humanos necesarios para su cumplimiento.

Eso es lo que ocurre actualmente en relación a la aplicación de la Ley 19/2009 de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler, en su rama conocida popularmente como desahucio 'exprés'. A día de hoy, el propietario de un inmueble en régimen de alquiler en la provincia tarda entre seis meses y un año en echar de su propiedad a un inquilino moroso o conflictivo.

Este tiempo, si bien se ha reducido en parte con la legislación vigente desde primeros de año, queda lejos aún de la panacea prometida por los impulsores de esta normativa, que modificó la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la de Propiedad Horizontal (LPH), al objeto de no superar los 90 días para un desalojo.

Según se explica desde los juzgados de primera instancia de la provincia, Cádiz padece un problema generalizado y común en todo el país, la falta de medios en los Servicios Comunes, es decir, los órganos encargados de registrar las demandas o señalar las fechas de vistas y citaciones.

Cuello de botella

Algunos funcionarios judiciales de la provincia se quejan amargamente de la falta de medios. «Nosotros podemos terminar un desahucio en tres días, pero luego tenemos que esperar meses para que el Servicio Común lo ejecute», explican.

No obstante, siempre hay quien ve la botella medio llena. «Es cierto que la denominada ley del desahucio exprés ha conseguido que se reduzcan los tiempos administrativos, pero quizá no lo suficiente», reconocen desde el partido judicial de Algeciras.

En la provincia de Cádiz no existen juzgados especializados en este tipo de procedimientos como sí existen, por ejemplo, en materia de violencia de género. Ello ralentiza aún más los procedimientos según los magistrados, máxime si se tiene en cuenta la carga de trabajo de los órganos.

La ley que nació para eliminar el temor de los propietarios de inmuebles desocupados a alquilarlos, parece que no ha surtido el efecto deseado.

Pese a que el arrendador puede acudir a los tribunales tras el primer mes de impago, y a que no es necesario que el inquilino recoja en persona la notificación para que se le condene, los procesos sigue dilatándose en el tiempo para su desesperación.

La normativa legal da la posibilidad de que una vez iniciado el litigio ambas partes lleguen a un acuerdo, lo que pone fin automático al procedimiento. Además, fija en seis días hábiles el plazo para que el juez emita su auto.

Pese a estas disposiciones legales tan favorables, todavía hay quien prefiere «curarse en salud, y firmar sólo alquileres de corta duración». Y es que los propietarios saben que, si se topan con un inquilino moroso, «pueden pasar años hasta que logren echarlo de su casa».