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Archivan la causa judicial contra Pilar Sánchez por prevaricación

Tras llegar a un acuerdo con el Ayuntamiento, la Agrupación de Técnicos Municipales pidió el sobreseimiento del caso de los recortes

JEREZ. Actualizado: Guardar
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El Juzgado de Instrucción Número 5 dictó la pasada semana el sobreseimiento provisional de la causa contra la alcaldesa de Jerez, Pilar Sánchez, por presunta prevaricación. El proceso se debió a una querella presentada por un empleado del Ayuntamiento -en la que también aparecía la Agrupación de Técnicos Municipales (ATM) como acusación particular- por una rebaja de sueldos a 11 trabajadores de entre el 20 y el 40% a principios de año.

Tal como indica el escrito del representante legal de los demandantes, la asociación se declaró «apartada» de la acción penal en esta causa y aseguraron «desistir» de los recursos interpuestos «por lo que procede el archivo de estas diligencias dejando sin efecto los señalamientos acordados por cuanto era esta parte la única personada que sostenía la imputación». De igual forma, los antiguos demandantes solicitaron la devolución de la fianza depositada.

El auto dictado por la institución judicial recoge que el pasado 3 de marzo el Fiscal solicitó ya «el sobreseimiento de la causa por considerar la inexistencia de indicios que hagan suponer la comisión de infracción penal alguna». Contempla, igualmente, la petición de los demandantes de archivar el proceso y, dado que son los propios querellantes los que se apartan de la acusación, resuelve conceder el sobreseimiento provisional. Aunque aún cabe recurso, lo más probable es que el proceso acabe definitivamente archivado.

Dos días antes

Esta decisión ha salido a la luz pública solamente dos días antes de que la alcaldesa, Pilar Sánchez, tuviera que ir a declarar ante los tribunales. Era el 19 de mayo -mañana- cuando la jueza pedía su comparencia por haber modificado las retribuciones de once técnicos municipales, «apoyándose en argumentos y hechos presuntamente delictivos», como aseguraron en su momento los representantes del colectivo de trabajadores.

Los afectados denunciaron en su momento que las rebajas de sus sueldos alcanzaban el 40% cuando estas decisiones no son competencias de la regidora sino del Pleno municipal. Ésta no es la primera denuncia que habían presentado los miembros de este colectivo, que se habrían personado también individualmente ante los tribunales.

Según se explicó en su momento, la falta de acuerdo entre las dos partes en relación a la rebaja de sueldos -que se produjo dentro de las actuaciones del gobierno socialista para aliviar la nefasta situación económica de las arcas municipales- les llevó a elevar al juzgado sus protestas. Este recorte de sueldos afectaba a la propia alcaldesa, los concejales y todo el personal que cobrase más de 55.000 euros al año.

«Era lo previsible»

El sobreseimiento de esta causa judicial contra la alcaldesa de la ciudad «era lo previsible después de que nos hubiéramos apartado», explicó ayer el portavoz de la ATM, Javier Valle. Es cierto que la jueza encargada del caso podía haber continuado con el proceso pero, «en este caso, el archivo parecía lo más lógico».

La arbietrariedad que denunciaba la ATM partía de que «no sabíamos dónde sacaban el cálculo de las retribuciones». Valle recordó que «la gran mayoría de los técnicos a los que se les bajó el sueldo siguen ejerciendo las mismas funciones que antes. No era cierto que hubieran sido destinados a otras labores».

El acuerdo alcanzado entre las partes incluye la restitución del salario anterior a los afectados, cuestión que «comprobaremos en la próxima nómina», como adelantó Javier Valle.

Al margen de este proceso judicial contra la alcaldesa, la Agrupación te Técnicos Municipales mantiene otra causa abierta por la vía contencioso-administrativa «referente a la estructura de mando. En concreto, presentamos un recurso con los anexos de personal de 2008. Javier Valle insistió de nuevo en «la necesidad de que una administración tan grande como el Ayuntamiento de Jerez cuente con una Relación de Puestos de Trabajo (RPT)».