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ESPAÑA

Multa para el 'mantero' y cárcel para los 'okupas'

A. T.
MADRID.Actualizado:

La reforma del Código Penal crea nuevos tipos delictivos, elimina algunos, endurece el castigo para determinadas conductas y suaviza otros.

Nuevos delitos. La modificación convierte en delito la piratería marítima y aérea (hasta 15 años de cárcel), el acoso laboral e inmobiliario, los ataques informáticos, el tráfico ilegal de órganos, las labores de captación, adoctrinamiento y financiación del terrorismo (para luchar contra los 'yihadistas'), o la captación de menores para pornografía o prostitución.

No será delito. Ya no habrá cárcel para los vendedores del 'top manta' salvo que obtengan beneficios superiores a 400 euros. Los 'grafiteros' cumplirán arrestos domiciliarios o trabajos a favor de la comunidad.

Cambios de penas. Ante delitos al volante con consecuencias graves el juez podrá quitar el coche a su propietario. Los 'okupas' que invadan de forma violenta un inmueble podrán pasar entre uno y dos años en prisión. Los delincuentes extranjeros sin papeles si tienen condenas inferiores a seis años de cárcel el juez las conmutará por la expulsión del país, al que no podrán regresar en diez años. Los carteristas y rateros habituales, con decenas de hurtos de poco valor, podrán dormir en la cárcel los fines de semana si lo dispone el juez hasta un período máximo de seis meses y ser condenados hasta un año de prisión si son parte de bandas.

Libertad vigilada. Puede incluir el control mediante una pulsera GPS y es una medida para cuando los delincuentes peligrosos y con pronóstico de reincidencia cumplan condena y salgan de la cárcel. Se debe de establecer en sentencia. Puede durar un máximo de cinco años y para terroristas, pederastas y violadores alcanzar los diez. La medida incluirá alejamiento de las víctimas y su mantenimiento se revisará cada año. Para los violadores, terroristas y miembros del crimen organizado será imposible obtener el tercer grado penitenciario hasta haber cumplido al menos la mitad de la condena.