El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, durante una rueda de prensa en Sevilla celebrada en marzo pasado. :: AFP
ESPAÑA

Garzón, al banquillo

El juez se enfrenta a una condena de 20 años de inhabilitación profesional que pondría punto final a su carrera El Supremo rechaza su recurso y abre la puerta al juicio por prevaricación en la causa del franquismo

MADRID. Actualizado: Guardar
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La carrera de Baltasar Garzón puede tener las horas contadas. El juez de la Audiencia Nacional se enfrenta a una pena de 20 años de inhabilitación para desempeñar su cargo si el Tribunal Supremo atiende a los razonamientos de Luciano Varela, el magistrado instructor en la querella por presunta prevaricación en la investigación de las desapariciones y crímenes del franquismo. Varela resolvió que «ha lugar a proceder» contra Garzón después de que desestimara el último recurso planteado por el juez. Sólo falta que alguna acusación solicite el procesamiento para que se siente en el banquillo.

El magistrado del alto tribunal martilleó ayer otro clavo en el ataúd profesional de Garzón. Dictaminó que son «innecesarias» las pruebas solicitadas por el juez para su descargo -las declaraciones de jueces y fiscales de la Audiencia Nacional, así como las de prestigiosos juristas de otros países- y que, por tanto, ha llegado la hora del juicio. Varela sostiene asimismo que el argumento empleado por el juez de la Audiencia sobre la existencia de «un debate jurídico» sobre «la perseguibilidad de los crímenes contra la humanidad» o la «interpretación de las leyes de amnistía» es una tesis que «no puede ser compartida» para justificar que asumiera la causa.

Pero Varela da un paso más y sostiene que la prevaricación imputada a Garzón por declararse competente el 16 de octubre de 2008 para investigar la causa del franquismo se encuadra en el artículo 446.3 del Código Penal, que castiga con inhabilitación profesional de 10 a 20 años y una multa de 12 a 24 meses. Hasta ahora, todos los razonamientos del instructor han sido asumidos por el alto tribunal.

Por si ese dato no fuera determinante, una de las acusaciones particulares, Manos Limpias, ya ha adelantado que solicitará la suspensión durante dos décadas de Garzón. Es más que probable que las otras dos acusaciones, Falange Española y Libertad e Identidad, se sumen a la petición de pena más alta posible.

Aunque no será necesario esperar hasta que el Supremo resuelva para que Garzón cuelgue la toga. El Consejo General del Poder Judicial se reunirá en pleno el 22 de abril y decidirá sobre la suspensión. La Ley Orgánica del Poder Judicial establece el cese automático en sus funciones de un juez cuando un tribunal considere que se debe proceder contra él por «delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones». El caso de Garzón. Las dudas, pues, parecen ociosas.

En términos técnicos, lo que hizo Varela fue convertir las diligencias abiertas en el Supremo por la querella del franquismo en un procedimiento abreviado. Es decir, dio luz verde a que el juez pruebe el banquillo de los acusados sin más dilaciones. Del escrito del instructor se desprende su convicción sobre la culpabilidad del juez de la Audiencia Nacional. Sostiene que «la independencia» de un magistrado a la hora de establecer su competencia es un bien a salvaguardar, pero es taxativo al afirmar que un juez depende «sólo, pero siempre, de la ley». Y en este caso había una ley de amnistía dictada en 1977 que extinguía las responsabilidades penales de los responsables del franquismo, entre otros beneficiarios de aquella norma. Aspecto recordado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional en su rechazo a que se tramitara la causa, pero que fue ignorado por el juez.

Consciente

Varela sostiene que Garzón fue «consciente de su falta de competencia y de que los hechos denunciados» por una veintena de asociaciones de la memoria histórica y familiares de víctimas del franquismo en diciembre de 2006 carecían de «relevancia penal», pero construyó «una artificiosa argumentación para justificar su control del procedimiento penal que incoó», aunque lo hizo «sin determinar su concreto objeto».

El instructor del Supremo sugiere que el juez de la Audiencia actuó de esa manera movido por «fines no acogidos por el ordenamiento jurídico». Apunta, incluso, que pudo hacer lo que hizo por «mera opinión personal -cualquiera que sea la intención que la impulse- que no encuentra apoyo» en el ordenamiento jurídico.

Varela, con palabras medidas, compartió de esta manera la opinión de muchos críticos con el juez en el sentido de que toma decisiones o asume investigaciones más por el 'relumbrón' de la causa que por la competencia sobre ella.

El magistrado cree que ya hay elementos de juicio suficientes y no ve pertinente practicar más pruebas, y da diez días a la Fiscalía del alto tribunal y a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. El Ministerio Público, si es coherente con todas sus actuaciones anteriores, reclamará el archivo porque no ve materia punible en la actuación de Garzón pese a que estuvo en desacuerdo con él mientras se declaró competente para investigar, mientras que Manos Limpias, la Falange y Libertad e Identidad presentarán su escrito de acusación y pedirán el juicio.

Garzón tiene la posibilidad de recurrir el auto, pero Varela lo desaconseja. Recomienda al querellado «no ampliar sus esfuerzos de defensa» y recuerda que hasta ahora todos sus escritos de impugnación ante el Supremo han sido rechazados. El defensor del juez, Gonzalo Martínez-Fresneda, sin embargo, estudia presentar un recurso, según adelantaron fuentes jurídicas, que también anticiparon que lo más probable es que corra la misma suerte que los demás que ha formulado: el rechazo.