ESPAÑA

El Supremo evita encarcelar a una mujer por llevar droga a su hijo adicto a prisión

Rebaja de nueve años a uno y medio la pena por introducir dos gramos de hachís y nueve de heroína en el recinto

MADRID. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a un año y medio de cárcel la pena impuesta a una mujer por llevar hachís y heroína a su hijo que se encontraba preso, al reconocer el tribunal «lo difícil» que es para una madre, sabiendo que su hijo es toxicómano, negarse a facilitarle «algo» de droga en la cárcel.

El alto tribunal ha estimado así parcialmente el recurso que la mujer presentó contra su condena al aplicarle la atenuante de parentesco muy cualificada por «la intensidad» de la relación madre-hijo.

En febrero de 2009, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó a 9 años de prisión a una mujer por un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, dentro de la modalidad agravada de introducción en un centro penitenciario. Los hechos, según la sentencia de la Audiencia barcelonesa, ocurrieron un año antes, el 10 de enero de 2008, cuando esta mujer acudió al Centro Penitenciario de Hombres de Barcelona para visitar a su hijo toxicómano, que se encontraba cumpliendo condena.

Durante el encuentro con su hijo, la mujer le entregó un envoltorio con 1,960 gramos de hachís y otros dos con 4,605 y 4,614 gramos de heroína, respectivamente. Un funcionario que vigilaba los encuentros entre familiares e internos observó como la mujer entregaba los envoltorios a su hijo, por lo que rápidamente intervino.

En su fallo, el Tribunal Supremo recuerda la declaración efectuada por la madre durante el juicio celebrado en la Audiencia de Barcerlona, testimonio que «rezuma sinceridad» y en la que señalaba que hacía días que veía mal a su hijo, adicto a las drogas.

En el bolsillo

Según su relato, éste le dijo que iría una persona a su casa para llevarle un paquete. La mujer, con tal de ayudar a su hijo, accedió a la petición. De hecho, ni siquiera llevó escondidos los envoltorios a la cárcel, sino en el bolsillo del abrigo. «Lo llevaba para discutir el tema, no podía por teléfono, mejor cara a cara», declaró. El hijo, por su parte, aseguró que él engañó a su madre, que ella no quería hacerlo pero él no le hizo caso.

Estas afirmaciones durante el juicio, considera el Tribunal Supremo, «patentizan que la madre sabe la condición de toxicómano de su hijo, que está mal por esta causa en la cárcel, que recibe de su hijo el aviso de que una persona le va a llevar un paquete para él».

El alto tribunal considera, además que no debe aplicarse, como hizo la Audiencia Provincial de Barcelona, el subtipo agravado de difusión de droga en establecimiento penitenciario ya que en este caso, cuando el estupefaciente iba a ser introducido en la cárcel, fue descubierto por los controles de los funcionarios y no llegó al interior de la prisión.

Por tanto, no surge «el peligro real y concreto de que pueda llegar a los internos», agrega el Supremo. A juicio de la Sala, «no existiría merecimiento de pena que supusiera el ingreso en prisión de la recurrente».