El Supremo admite la tercera querella contra Garzón, esta vez por las presuntas escuchas ilegales en el 'caso Gürtel'
Un empresario imputado interpuso la demanda por prevaricación contra el juez por ordenar la grabación de las comunicaciones en prisión de los cabecillas de la trama con sus defensores
MADRIDActualizado:Garzón suma y sigue. El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite una nueva querella, la tercera, por prevaricación del abogado de un empresario imputado en el 'caso Gürtel' contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, por ordenar la grabación de las comunicaciones en prisión de los cabecillas de la trama con sus defensores. Según fuentes del alto tribunal, se trata de la primera vez que un juez se enfrenta a tres querellas.
Lo ha acordado así la sala de lo penal del Supremo, según han informado fuentes de este tribunal, que tramita otras dos querellas contra el magistrado: una por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo y otra por los cobros que recibió del Banco Santander durante su estancia en la Universidad de Nueva York.
El abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez, que representa al empresario José Luis Ulibarri, imputado en el 'caso Gürtel', sostiene que Garzón autorizó de forma genérica e indiscriminada la intervención de las grabaciones, siendo "perfectamente conocedor de la ilicitud e ilegalidad que estaba cometiendo".
La sala sostiene en un auto que no existen razones suficientes "para excluir con toda certeza" la hipótesis de la existencia de los delitos de prevaricación y de otro cometido por una autoridad contra la garantía constitucional de la intimidad incluidos en la querella. Y concluye que las "hipótesis incriminatorias" planteadas por el abogado que ha presentado esta querella "no parecen hasta tal punto absurdas y carentes de sentido que hayan de ser sin más desestimadas".
Rechazados los argumentos de la Fiscalía
De esta manera, al alto tribunal rechaza los argumentos del Ministerio Público, que se opuso a la admisión de esta querella al considerar que los hechos no son constitutivos de delito y que el querellante no está legitimado para ejercer la acusación particular en este asunto.
Además, para la Fiscalía esta querella es una "maniobra procesalmente fraudulenta" con la que se pretende hurtar a los tribunales competentes la decisión sobre la ilicitud o no de estas pruebas, lo que el Supremo niega porque cree que "lo irregular y evidentemente censurable" sería precisamente lo contrario, pretender excluir la posibilidad de un pronunciamiento sobre la existencia o no de delito.
El auto también señala que aunque los argumentos de la Fiscalía no son jurídicamente desdeñables, no se puede excluir con toda certeza la existencia de los delitos mencionados. "Lo que no puede pretender el Ministerio Público es que este Tribunal tenga que abstenerse de investigar unos hechos que pudieran ser constitutivos de infracciones penales", añade. Notificado hoy aunque con fecha del pasado 2 de febrero, el auto está firmado por el presidente de la sala de lo penal del TS, Juan Saavedra, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, José Ramón Soriano y José Manuel Maza, y nombra instructor de la causa al magistrado Alberto Jorge Barreiro.
Los argumentos de la querella
Ignacio Peláez, ex fiscal de la Audiencia Nacional, se querelló contra Garzón por considerar que autorizó de forma genérica e indiscriminada la intervención de las grabaciones de cualquier letrado, siendo "perfectamente conocedor de la ilicitud e ilegalidad que estaba cometiendo".
En la querella se recuerda que el 19 de febrero de 2009 Garzón dictó un auto secreto, que prorrogó el 20 de marzo, para ordenar la intervención de las comunicaciones que mantuvieron en prisión Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez con sus abogados, especialmente con José Antonio Rubal, también imputado en la causa.
Estas escuchas han sido avaladas por el instructor del 'caso Gürtel' en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, así como por la Fiscalía Anticorrupción.