Cuatro años de prisión por traer droga en un autobús desde Madrid
Dos individuos gestionaron el transporte y un tercero, que sólo se enfrenta a año y medio de prisión, actuó como correo
| JEREZ.Actualizado:La Audiencia Provincial con sede en Jerez ha considerado probado que traficaban con droga y ha condenado a Manuel A. C. y a Carlos F. O. a penas de cuatro años y medio y cuatro años de cárcel, respectivamente, por un delito contra la salud pública. Curiosamente, la persona que actuó como correo y que portaba el kilo de cocaína con el que le sorprendió la Guardia Civil en la estación de autobuses, Andrés V. S, tendrá que hacer frente sólo a un año y medio de prisión, ya que los magistrados han tenido en cuenta el atenuante de drogadicción.
Como consta en la sentencia, a la que este periódico ha tenido acceso, los dos primeros fueron los que urdieron toda la trama para traer a la ciudad la sustancia estupefaciente que luego fue interceptada, procedente de Madrid. Todo ello comenzó en junio de 2005, cuando ambos condenados mantuvieron conversaciones telefónicas con el fin de gestionar la adquisición de la droga, que fueron intervenidas por la Benemérita.
Esto propició que unos días más tarde se pudiera detener al correo, cuando llegó a bordo de un autobús con una mochila en la que llevaba el kilo de coca. En el momento de la detención, el individuo se disponía a montarse en un coche conducido por uno de sus dos compinches, que logró huir aunque fue capturado con posterioridad.
Consumidor y bipolar
Como refleja el fallo judicial, Andrés V. S. era consumidor de cocaína desde los catorce años y padece un trastorno bipolar, lo que unido a la ingesta de estupefacientes le produce una disminución de sus facultades intelectivas y volitivas. Ello ha propiciado que los magistrados tengan en cuenta su toxicomanía como un atenuante, algo que no ha sucedido en los otros dos casos.
En la sentencia también se dedican unas líneas al tema de las escuchas telefónicas, que resultó una de las bazas fallidas de los abogados defensores durante el juicio, celebrado el pasado 27 de enero. Como se recordará, los letrados solicitaron la nulidad de estas actuaciones y con ello la invalidación de las imputaciones, entendiendo que de ellas no se desprendía indicio alguno que apuntara a una actividad relacionada con el narcotráfico.
Tras unos minutos de deliberación, la magistrada Lourdes Marín decidió aceptar las conversaciones grabadas, lo que ha resultado determinante para que se llegue a condenar a los individuos. En el fallo se asegura que, analizadas una por una, la información que se desprende de las escuchas no es «insuficiente» para justificar una intervención judicial.
De los condenados, únicamente el que actuó como correo reconoció los hechos durante el juicio, mientras que los otros dos negaron la mayor y declararon incluso que apenas si se conocían entre ellos, algo que se han encargado de desmontar los jueces.