El castigo a Costa y Cobo les permitirá presentarse en 2011
MADRID. Actualizado: GuardarLos dos cargos públicos del PP que instruyen los expedientes abiertos al vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, y al ex secretario general del PP de Valencia, Ricardo Costa, han propuesto al comité de derechos y garantías de esta formación que suspenda de militancia a ambos dirigentes populares por un máximo de un año. Este castigo, el mínimo que fijan los estatutos del PP para una infracción «grave», permitirá a Cobo y Costa poder presentarse en 2011 a las elecciones municipales y autonómicas, respectivamente, en las listas del PP.
Los afectados por esta resolución, que ya han cumplido tres meses de inhabilitación cautelar, tienen ahora 15 días para presentar alegaciones. Andrés Ayala, diputado por Murcia, y José Manuel Velasco, parlamentario regional manchego, autores de esta proposición de sanción, dejan abierta la posibilidad a que el castigo sea revisado en seis meses. Se trata de una pena similar, pero para dos casos diferentes. Costa fue apercibido el 29 de octubre de 2009 por su «actitud», después de realizar unas declaraciones en las que hacía caso omiso a la decisión de la dirección nacional del partido de destituirle de su cargo por su presunta relación con Álvaro Pérez, alias 'El Bigotes', uno de los principales imputados en el 'caso Gürtel'. Cobo también fue apartado de militancia el 4 de noviembre tras asegurar en una entrevista: «Es de vómito lo que personas cercanas a Aguirre -en alusión a la presidenta de la Comunidad de Madrid- hacen con Rodrigo Rato».
El artículo 12 de los Estatutos del PP tipifica, como infracción grave, por un lado «suplantar o atribuirse cargos o funciones de cualquier clase o naturaleza que no le corresponda», un hecho que se podría atribuir a Costa; y, por otro lado, «realizar cualquier manifestación pública, escrita u oral, que suponga descrédito, menosprecio o descalificación de cualquier afiliado al Partido», un hecho que se podría achacar a Cobo.
Las normas internas del PP fijan unas sanciones para las faltas graves que oscilan entre uno y cuatro años de inhabilitación. Los instructores, por lo tanto, apuntan al castigo mínimo. Lo que no ha trascendido es si solicitan, como permiten los Estatutos, que se aplique la inhabilitación para desempeñar cargos en el partido por igual tiempo a la suspensión de militancia.
Esta circunstancia podría provocar el inmediato cese de Cobo como vicealcalde de Madrid.