Jerez

La alcaldesa queda exculpada de la denuncia de una concesionaria por impago del servicio

JEREZ. Actualizado: Guardar
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El juzgado de instrucción nº4 de Jerez ha ordenado el archivo de las actuaciones contra la alcaldesa por el denominado caso Imesapi, ex concesionaria del servicio de calas en la vía pública.

El auto reconoce que no existen «principios racionales de delito» y desmiente que las relaciones entre empresa y Ayuntamiento se iniciaran en 2006, sino que se remontan a 1997

La autoridad judicial reconoce asimismo en su escrito que las exigencias de tipo penal denunciadas por la citada empresa, tales como la apropiación indebida, no pueden «predicarse de la conducta desarrollada en el ejercicio de su cargo por parte de la señora Sánchez, y menos aún en aras a la obtención de un beneficio propio o particular como pretende translucir la entidad denunciante».

En el razonamiento de la jueza también se excluye la concurrencia del tipo penal de estafa que denunció la empresa: «Y es que no puede ser reputada delictiva una conducta integrada dentro de los parámetros ordinarios de funcionamiento de las entidades locales en todo el territorio nacional, y en la que no se atisba que existiera un previo engaño para lograr un beneficio patrimonial (...)».

Así, se explica que «prueba de ello es que tal adjudicación se produce en régimen de concurrencia pública».

Por último, la resolución reconoce que las relaciones entre ambas entidades no se iniciaron en el año 2006 «como torticeramente pretende hacer creer la denunciante en su escrito inicial, sino a que se remonta al año 1997». El auto advierte que «ello ha permitido sobradamente a Imesapi tomar conciencia de la mecánica de la gestión de pagos por parte de la entidad local».