Jerez

El reglamento municipal entra en vigor tras adaptarse a la Ley de Grandes Municipios

JEREZ. Actualizado: Guardar
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El nuevo Reglamento Orgánico Municipal (ROM) del Ayuntamiento de Jerez ya está publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Entre sus novedades destacan los cambios introducidos en la junta de gobierno local y en los plenos, entre otras razones para adaptar estos órganos a la Ley de Municipios de Gran Población.

Así, la junta de gobierno local pasa a tener competencias propias y se permite la incorporación en la misma de personas que no ostenten la condición de concejales, hasta un máximo de tres. En cuanto a los plenos, se estructuran ahora de una manera «más sistemática y ordenada que el anterior Reglamento, al contener en él la regulación íntegra de su organización y funcionamiento». También destaca la posibilidad de que la alcaldesa delegue su Presidencia en uno de los concejales.

Una de las novedades «de más impacto en la vida democrática del Ayuntamiento es la determinación de cupos para las iniciativas de los grupos políticos, que habrán de ser incluidas, necesariamente, para su debate en la sesión de pleno, lo cual garantiza la participación activa de todos los grupos».

Las comisiones de pleno, se añade en el BOP, aparecen como un nuevo órgano complementario del mismo, que extienden sus funciones más allá de las puramente informativas. Por ejemplo, pueden asumir competencias delegadas por el pleno y ejercen funciones de control del gobierno local.

Por último, se establece la incorporación de las declaraciones institucionales como manifestaciones de la postura del pleno en cuestiones de interés.