Rebajan una condena de once a dos años por considerar atenuante la pedofilia
El acusado, de 54 años, mantuvo relaciones con una menor a cambio de dinero y grabó vídeos pornográficos con ella
SEVILLA.Actualizado:La Audiencia de Sevilla ha condenado a un hombre de 54 años a dos años de cárcel por corromper a una niña de 16, si bien la pena es inferior a los once años que pidió la acusación al aplicar al procesado la atenuante de trastorno mental por pedofilia y drogadicción.
La sentencia considera probado que el acusado, I. T. C., entonces de 48 años, conoció en agosto de 2004 a la joven, entonces de 16 años, y mantuvo relaciones sexuales con ella a cambio de dinero hasta la primavera de 2006. Teniendo siempre «pleno conocimiento» de su edad, el acusado elaboró vídeos de «neto matiz pornográfico» con sus relaciones con la joven y buscó a terceras personas que mantuvieron relaciones con ella, con objeto de satisfacer su voyeurismo.
La Audiencia condena a I. T. C. a un año de cárcel por un delito de corrupción de menores y otro año por utilización de menores para elaborar material pornográfico, pena alejada de los seis años y medio que pidió el fiscal y los once de la acusación particular porque le aplica la atenuante de trastorno sexual combinado con dependencia a opiáceos.
El acusado «padece pedofilia y voyeurismo, lo que limita intensamente el control de sus impulsos sexuales», aunque, según un perito que declaró en el juicio, ello no afectaba a «la capacidad de comprender y conocer la ilicitud de su actuar». La letrada de la acusación, Encarnación Molino, va a recurrir la sentencia ante el Supremo para que se retire la atenuante y se incluya el comportamiento degradante hacia la víctima.