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Un seguro especial responde por los daños del temporal

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Los afectados por el temporal podrán reclamar los daños ocasionados si tienen contratado un seguro del hogar. La Junta informó ayer de que cuando una vivienda sufre desperfectos por fenómenos de la naturaleza se consideran riesgos extraordinarios y quedan excluidos de la póliza. No obstante, aunque la compañía privada no los cubra, sí se hace cargo el Consorcio de Compensación de Seguros, una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda.

Cabe aclarar que se consideran fenómenos de la naturaleza los terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, incluyendo los embates de mar, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (vientos de rachas superiores a 135 kilómetros por hora y tornados). Para poder recibir la compensación del Consorcio es necesario tener suscrita una póliza de seguros que incluya los bienes dañados, que los riesgos extraordinarios no estén cubiertos por la compañía privada, y que el usuario se encuentre al corriente en los pagos.

Para ello el afectado tendrá que presentar el parte en el plazo de siete días en la Delegación regional del Consorcio o en las oficinas de la propia aseguradora con la que contrató la póliza. Para ello existe una hoja de comunicación de siniestro que se puede descargar a través de la web: www.consorseguros.es. Este impreso se entregará junto con una fotocopia del DNI, datos bancarios, fotocopia de las condiciones de la póliza y del pago de la prima. El órgano público enviará a un perito para valorar los daños una vez recibida la documentación, por ello se aconseja la conveniencia de realizar fotos. Para más información se pone a disposición el teléfono 902 22 26 65.