Condiciones de fe
Actualizado: GuardarEl portavoz de la Conferencia Episcopal y obispo auxiliar de Madrid, Juan Antonio Martínez Camino, ha fijado con claridad las consecuencias que para la práctica religiosa de los parlamentarios de confesión católica conlleva que voten a favor de la reforma legal sobre el aborto. Les será denegada la comunión mientras no se retracten o no reparen su acción si ésta ha sido pública. El anuncio es consecuente con la posición que mantiene la Iglesia, y que atañe directamente a sus feligreses. Y en ningún caso se contradice con las normas de convivencia que rigen una sociedad abierta como la española. Convivencia que se basa en la autonomía de conciencia con la que obra cada ciudadano, incluidos los diputados y senadores. Éstos tienen un mandato popular y unos compromisos partidarios que asumen libremente, en un plano distinto al que, también libremente, optan por profesar o no una religión u otra adscribiéndose a su correspondiente doctrina. La sociedad abierta no obliga a ninguna de las creencias o iglesias jerarquizadas a adecuarse en sus principios a la conducta sociológica, al consenso político o a las mayorías que en cada momento gobiernan el país. En todo caso, deberá ser el cargo público creyente quien opte por compatibilizar su fe con su función institucional, o por enfrentarse a la disyuntiva que pueda plantearle la doctrina eclesiástica.