El agresor de Neira, condenado a siete meses de prisión por agredir a su novia
La sentencia le prohíbe aproximarse a menos de 500 metros y comunicar por cualquier procedimiento con Violeta Santander durante casi dos años
MADRIDActualizado:El Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe ha condenado a siete meses y quince días de prisión a Antonio Puerta Ramón por los malos tratos que infligió a su novia, Violeta Santander, en un hotel de Majadahonda el 2 de agosto de 2008. La sentencia, conocida hoy, también prohíbe a Puerta aproximarse a menos de 500 metros y comunicar por cualquier procedimiento con Violeta Santander durante un año, siete meses y quince días.
El tribunal fija además la prohibición a Puerta del derecho de tenencia y porte de armas durante un año y seis meses. La sentencia considera probado que sobre las dos de la tarde del 2 de agosto de 2008 Antonio Puerta comenzó una discusión con su pareja sentimental en la recepción del hotel Majadahonda, situado en la localidad madrileña del mismo nombre.
Neira, cara a cara con Puerta
En el curso de la discusión, prosigue la sentencia, "tras un forcejeo" con Violeta Santander, "la agarró fuertemente y la sacó violentamente al exterior del hotel, donde la golpeó con las manos". El tribunal considera que estos hechos son constitutivos de delito de maltrato en el ámbito familiar y condena al acusado a la pena de siete meses y quince días de prisión.
En el juicio, celebrado el pasado día 12, el profesor Jesús Neira declaró que, el día de los hechos, mientras iba acompañado por uno de sus hijos a tomar un refresco, vio como el acusado "levanta su mano derecha e impacta sobre la perjudicada, la cual se encuentra encogida cerca del suelo, lo que hace que se dirija a AntonioPuerta y le llame la atención por ello". Jesús Neira fue golpeado entonces por Puerta, cuatro días después entró en coma y durante ocho meses se temió por su vida.
El agresor, de 45 años, está actualmente ingresado en el Centro Penitenciario Madrid VII, en Estremera.
Investigación sobre Violeta Santander
El juzgado encargado del caso enviará la declaración de Violeta Santander al juez decano de Getafe para que se determine si la mujer incurrió en falso testimonio, tal y como había solicitado la fiscal durante la vista.
Según la sentencia, la mujer renunció a la dispensa del deber de declarar por la relación afectiva que mantenía con el acusado "para adentrarse en el ilícito ámbito de la mentira colaboradora". Durante la vista, Violeta Santander desmintió que Antonio Puerta la cogiera del cuello, ni del pelo, ni que la golpeara, hechos que el juez declara probados en la sentencia. La mujer matizó además que el motivo de que Antonio Puerta la agarrara no fue otro que el de ayudarla pues, "al llevar unos tacones muy altos y padecer de vértigo, existía un riesgo de caída".
El juez ordena que se depuren las responsabilidades que en virtud de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Penal pudiera eventualmente haber incurrido Violeta Santander. El delito de falso testimonio está tipificado en el Código Penal con uno a tres años de prisión y multa de seis a doce meses.