ESPAÑA

El Gobierno propone que los crímenes terroristas no prescriban

Plantea una reforma del Código Penal que endurece la lucha contra la corrupción y los abusos a menores

MADRID Actualizado: Guardar
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El Consejo de Ministros aprobó ayer un proyecto de reforma del Código Penal que modifica 130 artículos, casi una cuarta parte del texto actual, introduce nuevos delitos y, entre otros aspectos, propone que los asesinatos terroristas se igualen a los crímenes contra la humanidad y nunca prescriban.

El proyecto de ley, que ahora tiene que ser discutido y aprobado por el Parlamento, es la tercera gran reforma del Código que se aborda en el periodo democrático y tiene como principales objetivos adaptarse a los nuevos comportamientos delictivos, mejorar la persecución del terrorismo y la protección de sus víctimas, y endurecer la lucha contra la corrupción pública y privada en todas sus variantes, y los delitos sexuales, en especial de los cometidos contra menores. Estas son algunas de las novedades más relevantes.

Nuevos delitos. El texto aprobado ayer por el Gobierno amplía los comportamientos considerados punibles en los grupos terroristas con la intención de evitar las absoluciones de miembros de organizaciones islamistas provocadas por vacios legales. Ahora serán delitos la captación, el adoctrinamiento, adiestramiento de futuros terroristas y cualquier forma usada para su financiación. La reforma también perseguirá la captación de menores para espectáculos pornográficos y a los clientes de los jóvenes que ejerzan la prostitución, y considerará delitos el cohecho entre particulares, la piratería, el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos, el tráfico de órganos y el traslado ilegal de residuos.

Terrorismo. El Gobierno, además de los nuevos tipos contra el yihadismo y de la no prescripción de los asesinatos, que hasta ahora se convertían en impunes a los 30 años, establece distintas medidas de libertad vigilada a aplicar cuando los terroristas cumplan sus condenas, orientadas a evitar la reincidencia y proteger a sus víctimas. El juez determinará qué tipo de medidas y con qué duración impone según la peligrosidad del delincuente y sus circunstancias. Como mínimo será de alejamiento y prohibición de residencia junto a las víctimas y pueden llegar a la libertad vigilada durante un máximo de diez años. Para este último control se prevé el uso de medios de seguimiento telemático permanente, como las pulseras GPS.

Delincuentes sexuales. Los violadores y quienes agredan o abusen de menores pueden ser sometidos a medidas de libertad vigilada equivalentes a las de los terroristas. Además de los nuevos delitos citados, se endurecen las condenas contra quienes abusen de menores de 13 años con penas de hasta 15 años de cárcel y el juez podrá privar a los padres de la patria potestad para proteger a los niños. Como ocurre con terroristas y bandas organizadas, los delincuentes sexuales con penas superiores a cinco años no podrán obtener el tercer grado (el régimen abierto) hasta haber cumplido al menos la mitad de la condena.

Corrupción. El cohecho (soborno) entre particulares será delito -ahora sólo lo es con los funcionarios- y también lo será que las autoridades silencien o no inspeccionen las irregularidades urbanísticas. Se endurecen las penas contra el cohecho y el resto de delitos vinculados a la corrupción, así como contra los fiscales, urbanísticos y realizados contra el medio ambiente. Se establecen procedimientos más eficaces en los embargos y requisarán todos los beneficios del delito, se multiplican las sanciones, se establece la responsabilidad penal directa de las empresas -que podrán ser multadas, inhabilitadas o cerradas-, se aumenta el plazo de prescripción de los delitos a cinco años, y se tipifican como grupos criminales las organizaciones no estables o creadas al efecto.

Inmigiración. El nuevo Código establece un delito de trata de blancas diferenciado del propio de inmigración ilegal, para aumentar las condenas, y da al juez la opción de sustituir el ingreso en prisión de los delincuentes extranjeros con penas inferiores a seis años por la expulsión del país. Si se produce la expulsión, será por un período de tres a diez años, según la gravedad y las circunstancias, y si el inmigrante retorna sin permiso deberá cumplir sin remedio la pena de cárcel pendiente. La reforma también prevé que los pequeños manteros -vendedores de productos piratas- ya no sean encarcelados, sólo multados.