Navarra aprueba la primera ley autonómica sobre derechos de los transexuales
La norma que ha contado con el apoyo de todos los grupos de la Cámara, garantiza una atención sanitaria específica y el acceso a servicios
PAMPLONA Actualizado: GuardarNavarra cuenta desde hoy con una ley foral, pionera en el Estado, que velará por los derechos de las personas transexuales, al garantizar una atención sanitaria específica que "facilitará su reasignación sexual" y el acceso a servicios que suponen "una conquista de libertades y derechos". Así lo ha señalado el parlamentario de Nafarroa Bai, Joseba Eceolaza, en nombre de la coalición impulsora de la iniciativa, que en la actualidad afectaría a medio centenar de personas en la Comunidad foral, y que ha contado con el apoyo de todos los grupos de la Cámara (NaBai, PSN, CDN e IUN) excepto UPN, que ve en ella visos de inconstitucionalidad.
La Ley foral de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales, es la primera de estas características que se presenta en el conjunto de España y busca definir "qué es la transexualidad" y, sobre todo, "cómo se acredita dicha condición", tal y como ya ocurre, por ejemplo, en la ley de parejas de hecho.
A tal efecto, la Ley fija su cometido en "garantizar el derecho de las personas que adoptan socialmente el sexo contrario al asignado en su nacimiento, a recibir de la Administración Foral una atención integral y adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas, jurídicas y de otra índole, en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía".
Precisiones relativas a menores
Se consideran beneficiarias de las prestaciones que se concretan en esta Ley "todos los residentes en Navarra que, con independencia de su situación legal o administrativa, tengan la condición de transexuales". Así, por transexual se entiende toda persona que haya procedido a la "rectificación en el Registro Civil de la mención de sexo" y aquellas que, "habiendo iniciado los trámites para acceder al cambio de inscripción relativa al sexo, precisen de protección para eliminar la discriminación que pudiera darse como consecuencia de su situación de tránsito a la nueva identidad de género".
La norma precisa que los menores de edad tienen "pleno derecho" a recibir el oportuno "diagnóstico y tratamiento" médico relativo a su transexualidad, especialmente la "terapia hormonal". La atención sanitaria que se les preste se hará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral sobre los derechos del paciente a las voluntades anticipadas, a la información y a la documentación clínica, y conforme a la Ley reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Dar "calidad de vida"
A partir de ahí, la Ley pretende dar "calidad de vida" a las personas transexuales, para lo que, además de medidas de atención en materia laboral, social o educativa, se reconoce el "derecho a las prestaciones quirúrgicas y sanitarias en el sistema público de salud". En ese sentido, la Ley contempla la constitución de una comisión de expertos encargada de realizar la Guía Clínica de Atención Integral a las Personas Transexuales, y la regulación, dentro del Servicio Navarro de Salud, de una unidad de referencia en materia de transexualidad.
Además, se pretende que las instituciones públicas proyecten un discurso "respetuoso con las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género" existentes, lo que incluye medidas "adecuadas" de discriminación positiva (dentro de los mecanismos de empleabilidad e inclusión ya existentes), la activación de "programas de educación y capacitación", y el desarrollo de "planes de inserción laboral" para casos de "riesgo de exclusión social".