Esposas de los pescadores del 'Alakrana' acuden al Ayuntamiento de Bilbao para entrevistarse con el alcalde. / G. B.
ESPAÑA

Los jueces estudian ocho soluciones para los piratas, pero «ninguna es inmediata»

Todas las vías pueden demorarse meses y dependen de que Santiago Pedraz cierre la instrucción o de una decisión de la Sala de lo Penal

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional intenta buscar soluciones imaginativas y legales a la crisis del 'Alakrana', pero ninguna de las ocho alternativas que estudian la Fiscalía, la Presidencia del tribunal o el propio juez instructor «supondría la inmediata vuelta» a África de los dos piratas somalíes, como reclaman sus compinches para dejar libre a los tripulantes del atunero vasco. Cualquiera de estas vías, incluyendo un improbable juicio exprés, demoraría más de tres meses si no se quiere retorcer la legalidad. Y, en cualquier caso, la mayoría de estas opciones está supeditada a que el juez Santiago Pedraz concluya una instrucción que todavía está en su fase preliminar y de la decisión que adopte la Sala de lo Penal.

Expulsión por la ley de Extranjería. Ésta es la propuesta que defiende el abogado de 'Abdu Willy'. Pasa por que la Fiscalía rebaje la acusación contra los piratas: de autores materiales de 36 delitos de detención ilegal, asociación ilícita, robo con violencia y uso de armas a simples cómplices de un solo secuestro. Así serían imputados a menos de seis años y, según sostiene el letrado, expulsables en aplicación de la Ley de Extranjería. El primer problema es que el secuestro es un «delito personal» y no cabría reducir 36 detenciones ilegales a una sola, con lo cual la pena sería siempre mayor de seis años aunque fueran sólo colaboradores. La segunda traba es que para cambiar la calificación hay que seguir investigando: hay que tomar declaración a los militares que capturaron a los corsarios para conocer el grado de implicación de los dos presos en el secuestro. Total, varios meses. Y, sobre todo, habría que esperar a que concluya el secuestro para interrogar a las víctimas. El tercer escollo es que el artículo 57 de la Ley de Extranjería, al que apela el letrado, excluye de manera explícita de la expulsión (art.57.7.c) a los procesados por los artículos 517 y 518 del Código Penal (asociación ilícita, una de las actuales imputaciones).

Extradición. Es una de las opciones más realistas, aunque la entrega judicial, por el momento, es inviable porque no hay convenio alguno con Somalia. Desde el pasado fin de semana, Exteriores negocia con el Gobierno provisional de Somalia un acuerdo de este tipo, pero tardará aún semanas en estar listo. La reforma de la Ley del Poder Judicial, que entró en vigor el 5 de noviembre, ha abierto la puerta a una extradición sin que se llegue a juzgar en España a los criminales que atenten contra españoles o intereses nacionales en el extranjero, pero el país receptor (Somalia) tiene que dar garantías de que serán sometidos a un proceso real. En cualquier caso, sería el juez de instrucción o, incluso, la Sala de lo Penal los que valorarán si Somalia ofrece esas garantías en un proceso de extradición que tampoco sería corto.

Acuerdo de conformidad. Es otra de las vías que propone el abogado y se basa en un pacto entre la defensa y la Fiscalía para que los piratas sean acusados de un delito con menos de dos años de cárcel, con lo que no conllevaría la entrada en prisión por carecer ambos de antecedentes penales. Dos problemas: el primero es que es improbable reducir la acusación (aunque sea como cómplices) de 36 secuestros a uno. El segundo es que este acuerdo sólo se contempla al comienzo de la vista oral (juicio), pero debería concluirse antes la instrucción, un proceso aún en fase embrionaria.

Juicio exprés. El mayor escollo es que, como muchas de las opciones que se estudian, tiene que terminar la instrucción, una decisión que debe tomar Pedraz. Aunque la Fiscalía pida la apertura de juicio, serán los magistrados de la Audiencia Nacional los que fallen sobre este asunto. El instructor, por el momento, no se plantea concluir el sumario, mucho menos cuando el delito se sigue cometiendo. Otro inconveniente son los plazos. «Un juicio exprés nunca sería exprés», apuntan responsables del tribunal de la calle Génova, que aseguran que, aunque se corriera mucho, los trámites para dar carpetazo a la causa se demorarían unos tres meses: cerrar el sumario, procesar a los imputados, plazos a las partes para recurrir los procesamientos, examen de la sala de los recursos a los procesamientos, traslado a las partes para calificar los delitos y proponer pruebas... Todo sin contar con que el tribunal juzgador tiene que concluir qué pruebas se practican, convocar a peritos y fijar una fecha, además de celebrar el juicio y dictar sentencia.

Cesión de jurisdicción. Sería en la práctica la entrega inmediata a Somalia para ser juzgados allí en virtud de un tratado 'ad hoc'. Aunque sería una opción rápida porque excluiría la conclusión del sumario y ahorraría los trámites de una extradición, no hay un acuerdo con Somalia que contemple esta posibilidad. Sólo hay un canje de notas con Kenia para esta cesión y siempre en el marco de la 'operación Atalanta'. Un acuerdo así, además, debería ser aprobado por el Parlamento, con todo el trámite previo que requiere.

Cumplimiento de pena en Somalia. Esta opción, que defiende Defensa, de nuevo, obliga a terminar la instrucción y a celebrar juicio, lo que, como es sabido, demoraría varios meses el proceso. Además, no existe acuerdo penitenciario o judicial alguno con Somalia para que los nacionales detenidos en uno u otro país puedan cumplir sus penas en el otro estado.

Libertad provisional. No supondría el regreso inmediato a Somalia de los piratas (que tendrían que esperar a que se celebrara el juicio) aunque sí saldrían de prisión. Esta opción pasaría por la remota posibilidad de que la Fiscalía rebajara sus acusaciones (de 36 delitos a uno de colaboración en detención ilegal), reclamara la excarcelación preventiva y que Pedraz, en primera instancia, y la Sala de lo Penal, en segunda, accedieran a la demanda del Ministerio Público.

Indulto. La medida de gracia es potestad del Rey a propuesta del Gobierno. El Ejecutivo tiene capacidad de indultar a cualquier reo en España, aunque es condición 'sine qua non' que haya sido condenado, con lo cual, hay que esperar igualmente a que se concluya la instrucción, se celebre el juicio y se dicte sentencia.

MILITARES Y TESTIGOS DE CARGO

El juez Santiago Pedraz continúa la instrucción de la causa contra los dos piratas, ajeno a la polémica y sin ninguna intención, por el momento, de concluir el sumario. Según informaron ayer fuentes judiciales, el magistrado quiere tomar declaración como testigos a los infantes de marina de la fragata 'Canarias' que el 3 de octubre, un día después del abordaje del 'Alakrana', capturaron a 'Abdu Willy' y a 'Raageggesey', cuando supuestamente abandonaba el atunero a bordo de un esquife tras participar en el secuestro.

El instructor considera «indispensable» la ratificación en sede judicial de los militares, ya que su testimonio, recogido en un informe entregado por el Ministerio de Defensa, es, por el momento, la única prueba de cargo contra los dos asaltantes, ya que ambos aseguraron en sus declaraciones haber participado en el ataque coaccionados por los piratas. En un principio, el juez no quiere provocar problemas logísticos a la misión internacional, por lo que está dispuesto a esperar que la fragata y su tripulación sea relevada para llamar a declarar a los testigos.

El magistrado también baraja la posibilidad de citar al armador del 'Alakrana' para hacerle el preceptivo «ofrecimiento de acciones» a fin de que pueda personarse como perjudicado.

Pedraz, entretanto, sigue a la espera del 'volcado' de las llamadas de los teléfonos móviles incautados a los dos piratas, que comenzó a realizarse el martes. Por el momento, en poder del instructor sólo están las agendas de los dos aparatos. Fuentes judiciales apuntaron que el instructor, a la espera de poder tomar declaración a las víctimas del secuestro, cree básico interrogar a los militares y conocer a quién llamaron los piratas para valorar si, tal y como plantea la defensa, cabría la posibilidad de acusar a los dos procesados de ser simples cómplices del secuestro, y no autores materiales.