Afinsa sólo devolverá a los afectados el 10% de lo invertido
El juez ordena liquidar la empresa al no lograr el apoyo de los clientes al plan de viabilidad
MADRIDActualizado:El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dictado la apertura de la fase de liquidación de Afinsa tras la falta de apoyo recibido por los acreedores a la propuesta de convenio presentada por un grupo de afectados, por lo que los 190.000 perjudicados sólo recuperarán cerca del 10% de lo invertido, según el auto de apertura de la liquidación dictado el pasado 4 de noviembre.
El juez titular, Francisco Javier Vaquer, dictó el pasado 2 de noviembre una providencia donde concluye que la propuesta de convenio presentada por un grupo de acreedores y que prometía devolver el 50% de lo invertido en cinco años "no ha alcanzado la mayoría exigida legalmente" para salir adelante. Afinsa se ve, de este modo, abocada a una liquidación que sólo asegura a los afectados un 10,32% del total de 2.403 millones de euros invertidos, ya que la compañía cuenta con un activo de 613 millones de euros, lo que arroja un agujero patrimonial de 1.823 millones de euros, según concluye el informe concursal.
Plazo para la liquidación
El resultado de la votación de apoyo o no al convenio se resolvió con un 4,64% de los votos a favor, lo que supuso un 15,99% del pasivo ordinario del concurso -que alcanza más de 2.436 millones de euros-, cuando era preciso un 50% de dicho pasivo para aprobarlo, según explica la providencia, contra la que cabe recurso de reposición en un plazo de cinco días. En consecuencia, el juez ha dictado la apertura de la fase de liquidación y da un plazo de quince días a la administración concursal para que presente el plan de liquidación de los bienes de Afinsa.
Sin embargo, el plazo de quince días queda suspendido hasta que el titular del Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, emita una resolución al respecto. Pedraz instruye la causa penal contra los antiguos directivos de Afinsa que están acusados de presuntos delitos de estafa, administración desleal, insolvencia punible y blanqueo de capitales. Además, Vaquer declara la disolución definitiva de la sociedad concursada, la inscripción de la apertura de liquidación en los registros Mercantil, de la Propiedad y demás registros donde figuren bienes a nombre de la concursada, y acuerda la formación de la Sección Sexta para la calificación del concurso, que podría determinar la culpabilidad mercantil de los antiguos administradores.