El presidente de la Asociación Española de Protección de Datos, Artemi Rallo. / EFE
Sociedad

Cincuenta países acuerdan en Madrid los estándares de protección de datos

La llamada 'Resolución de Madrid' es un pacto de mínimos que regulará la confidencialidad de la información

MADRID Actualizado: Guardar
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Los responsables de protección de datos de 50 países acordaron hoy por unanimidad en Madrid un conjunto de estándares internacionales para proteger la privacidad de las personas y el manejo que de sus datos personales hacen las empresas y organismos públicos.

«Se trata de una propuesta de mínimos sobre principios, reglas y derechos que pueden y deben regir en todos los países», informó en una conferencia de prensa el director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Artemi Rallo .

La Resolución de Madrid es un texto no vinculante que sí «tendrá un inmediato valor como referencia», especialmente para las empresas, que llevan años solicitándolo y los países que aún no cuentan con legislación al respecto, señaló.

El documento fue aprobado al término de la XXXI Conferencia Internacional de Protección de Datos y Privacidad, que reunió durante tres días en Madrid a más de 1.000 expertos de 83 países para discutir los problemas que plantean Internet y las nuevas tecnologías.

También se acordó incluir entre los principios básicos que deben regir en la recolección y utilización de datos personales la lealtad, legalidad, proporcionalidad, calidad, transparencia y responsabilidad.

La conferencia destacó la necesidad de que existan autoridades de supervisión nacionales y su coordinación y cooperación internacional, y consagró el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La declaración aprobada detalla el deber de seguridad y confidencialidad en el manejo de los datos personales o el de confidencialidad, que afecta tanto a la persona responsable como a quienes intervengan en cualquier fase en la que se manejen estos datos.

Los requisitos que deben cumplirse para la legítima recogida, conservación, utilización, revelación o supresión de datos personales, también aparecen reflejados en el texto, que subraya la importancia de la previa obtención del consentimiento libre, inequívoco e informado por parte de la persona que los facilita.

Podrán realizarse transferencias internacionales de datos personales cuando el Estado al que se transfieran ofrezca, al menos, el nivel de protección previsto en el documento.