Sentencias que suelen enmendarse
CÁDIZ Actualizado: GuardarEn 1995 entraba en vigor los jurados en España. Ese mismo año se hacía la primera experiencia en la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, donde nueve ciudadanos, por primera vez, decidían sobre la inocencia o culpabilidad de un acusado de homicidio. Desde entonces, a los tribunales populares le han ido creciendo los enemigos, sobre todo entre los profesionales de la justicia -jueces, fiscales y abogados- que ven en esta fórmula más efectismo que eficacia procesal. Lo cierto es que muchas de las sentencias emanadas de tribunales populares, cuando son recurridas y revisadas por magistrados de órganos superiores, terminan siendo enmendadas por falta de motivación o porque los ciudadanos habían llegado a una decisión que no se sostenía jurídicamente. En el caso de Cádiz hay precedentes que así lo indican.
En enero de 2008, Senén Manuel Figuereido era condenado a 16 años por asesinar a un compañero en el acuartelamiento de Camposoto. Pese a la clase magistral que le dio el fiscal a los miembros del jurado para que entendieran las diferencias entre un homicidio y un asesinato, el tribunal se alineó con las tesis de la acusación particular, pese a que no había ni rastro de alevosía en el comportamiento del condenado. El TSJA enmendó la plana y revocó parcialmente esta sentencia, definiendo el delito como homicidio y rebajando hasta los once años la pena.
Otro ejemplo es el crimen de La Viña. El Constitucional ordenó repetir el juicio por la muerte de una anciana en un partidito viñero al haberse quedado sin representación letrada la familia de la víctima justo antes de comenzar el primero de los juicios. En la primera ocasión, el tribunal popular absolvió a la pareja acusada; en el segundo, condenó al marido y declaró inocente a su mujer.