TRIBUNA LIBRE

Bolsas de plástico

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La medida de suprimir las bolsas de plástico cuando compramos en una tienda, promovida publicitariamente por una conocida cadena de hipermercados, está teniendo buena aceptación y su aplicación evitará el consumo de muchas toneladas de petróleo y la consiguiente emisión de gases de efecto invernadero. En cambio, parece de ingenuos creer que el motivo de tal iniciativa es exclusivamente ecológico, pues si lo analizamos descubriremos que el comerciante la adopta por razones económicas, ya que supone un ahorro considerable que se puede traducir en millones de euros anuales.

Deberíamos pedir a estas cadenas de distribución que fuesen de verdad más ecológicas. Causa envidia ver los camiones en nuestra ciudad distribuyendo refrescos a los bares, agua mineral e incluso cerveza en envase de cristal reutilizables. Basta con darse una vuelta por el Paseo Marítimo o por la calle Muñoz-Arenillas casi a cualquier hora del día para verificarlo. Hasta hace poco se pensaba que la sustitución de envases de vidrios reciclables por otros de vidrios no retornables, de lata o de plástico era simplemente una cuestión higiénica, pero se comprueba que solamente es un problema de distribución. No existe dificultad industrial para reutilizar envases. Cuando la mercancía va directamente del fabricante al consumidor, como ocurre con los bares, el cliente sólo paga el líquido, no el envase, que se devuelve en el siguiente pedido significando para estos locales de hostelería un importante ahorro económico. El desamparo lo sufre el ciudadano particular en su compra diaria, obligado a pagar el envase además del líquido, proporcionando a la empresa un negocio redondo. No ocurre igual cuando adquieres un frigorífico pues el vendedor se tiene que hacer cargo del reciclado del viejo.

La ley 11/ 1997 de 24 de abril de envases y residuos de envases propicia la reutilización de los envases y establece, con carácter general, que «los distintos agentes que participen en la cadena de comercialización de un producto envasado (envasadores, importadores, mayoristas y minoristas) deben cobrar a sus clientes, hasta el consumidor final una cantidad por cada producto objeto de transacción y devolver idéntica suma de dinero por la devolución del envase vacío». La incorporación de esta norma a la legislación española es consecuencia de la transposición de una Directiva Europea del año 1.994. Pero esto no se aplica. Nos cobran los envases en el momento que adquirimos el producto, incluyéndolo en su precio final, pero no podemos devolver los vacíos. Para las cadenas de distribución la recogida representa un gran problema, por los costes que implica de almacenamiento y personal.

Los agentes sociales y, sobre todo, asociaciones de consumidores y ecologistas deberían exigir el cumplimiento de esta ley. Sorprende que, pese a esto, por nuestra conciencia ecológica, sigamos reciclando cada día.