Patología reincidente
Actualizado:L a detención del conocido como el segundo violador del Eixample barcelonés, a raíz de que acosara al parecer a una niña de 12 años en un ascensor, plantea nuevamente el problema de la reincidencia patológica de algunos condenados por delitos contra la libertad sexual. La alarma que provocan tales reincidentes suscitó en su día iniciativas como las de la pública exposición del listado de personas sobre las que hubiese pesado una condena en firme por abusos y violación. Pese a la creencia ampliamente extendida, los datos indican que la reiteración en este tipo de delitos no es superior a la que se produce en otros tipificados como tales por el Código Penal. Pero la gravedad de los mismos guarda relación con las secuelas que deja en las víctimas y con el temor que genera en la comunidad en la que acaba residiendo el condenado por violación y abusos. Forma parte de las normas esenciales del Estado de Derecho que el reo recupere todos los atributos de un ciudadano libre una vez que cumpla con la condena impuesta por los tribunales. Sin embargo, es evidente que, a diferencia de otros casos de reincidencia que puedan obedecer a inclinaciones de tipo más personal o más ambiental, en el caso de los delitos contra la libertad sexual y la integridad física y moral de las mujeres la reincidencia responde a un patrón tan patológico que debería obligar a las autoridades a extremar el celo de sus obligaciones preventivas. Algo que requeriría que legisladores y jueces, dentro de los márgenes que les permitan la ley y los principios de nuestro Estado de Derecho, velaran más activamente por la protección de las potenciales víctimas cuando no se haya acreditado la rehabilitación del delincuente.