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La ausencia de psicólogo hace peligrar la celebración de los juicios de menores
JEREZ Actualizado: GuardarLos problemas se acumulan en los juzgados jerezanos. Por si no fuera poco la sobrecarga de trabajo, el mal estado de las instalaciones y la falta de recursos humanos, por poner sólo unos ejemplos, ahora resulta que la ausencia total de psicólogo en el Juzgado de Menores hace peligrar que se celebren las vistas. Fuentes de solvencia consultadas por este medio han confirmado que, efectivamente, desde el pasado 30 de septiembre el profesional ha dejado de prestar sus servicios en el órgano jerezano, sin que la Administración haya procedido a suplir su plaza.
La necesidad de un psicólogo es tal que desde el juzgado han remitido escritos a la Consejería en dos ocasiones, solicitando la incorporación inmediata de otro trabajador del mismo perfil. Sin embargo, las peticiones no han surtido efecto, por lo que tanto el juez como la propia Fiscalía se están planteando la posibilidad de suspender los juicios ante tal contratiempo.
Aunque habrá organismos en los que esta figura pueda ser más prescindible, en el caso de los menores su dictamen es crucial a la hora de determinar la pena. Cuando un joven es detenido, inmediatamente se pone a disposición de la Fiscalía, que tras tomarle declaración lo traslada al equipo técnico del juzgado, del que forman parte también una educadora y una trabajadora social, con el fin de que realicen un informe. Los profesionales son los encargados de entrevistar al menor y hablar con su familia, profesores y todo su entorno, además de contactar con los servicios sociales a fin de determinar cuáles son las circunstancias vitales del acusado, si ha delinquido con anterioridad, y un largo etcétera.
Este informe técnico va unido a la calificación del fiscal, lo que resulta fundamental en el juicio, donde no sólo se tiene en cuenta el delito cometido sino también la coyuntura del detenido. Ello explicaría que ante un mismo hecho, en el caso de un robo cometido por tres jóvenes, por ejemplo, a uno de ellos se le condenara en régimen de internamiento (porque ya pesaba sobre él un año de libertad vigilada) y a otro un tiempo de libertad vigilada determinado por algún antecedente, mientras que al tercero se le impusieran trabajos a la comunidad, con lo que podría volver a casa. Sea de una forma u otra, el caso es que sin el psicólogo no se puede llevar a cabo el trabajo imprescindible, por lo que podría producirse un nuevo retraso y acumulación de juicios, cuando no quede otra que suspenderlos ante una carencia como ésta.