La Audiencia provincial ha condenado al acusado a una multa de 20.000 euros./ LA VOZ
Jerez

Condenan a un repartidor por estafar 32.150 euros a clientes y empresa

El trabajador falsificaba firmas y se quedaba con el pago de las mercancías

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Óscar C. G. era un trabajador ejemplar cuando la empresa jerezana de comercialización de productos agropecuarios en la que prestaba sus servicios decidió convertir su contrato en indefinido. Este conductor y repartidor ejercía con eficacia su labor, hasta que a finales de 2004 sus jefes comenzaron a percibir ciertas irregularidades. Una conducta ilícita que finalmente ha quedado demostrada, ya que esta persona ha sido condenada a abonar 20.000 euros por un delito de apropiación indebida y otro continuado de falsedad documental, no sólo contra su propia empresa sino también contra los clientes.

La sentencia judicial de 29 de septiembre, tras la denuncia interpuesta por los propietarios del negocio, le impone además una pena de 22 meses de prisión y una multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros, si bien suspende la condena por un periodo de tres años, con la condición de que el imputado pague la cuota establecida.

El escrito de calificaciones del fiscal, al que este periódico ha tenido acceso, explica que el trabajador comenzó a realizar el «fraude» de dos maneras distintas: por un lado, cuando el cliente le pagaba la mercancía no entregaba copia del albarán a la empresa y se embolsaba la cantidad, tanto si el pago se realizaba en metálico como a través de un cheque; por otro, retiraba productos del almacén con el pretexto de venderlos presentando albaranes firmados por él mismo.

La administración de la empresa se percató de la existencia de anomalías cuando se hizo evidente que la salida de mercancías no se correspondía con la entrada de ingresos en caja. Según consta en el escrito de la Fiscalía, el importe global de los prejuicios causados asciende a 32.152,84 euros.

Decenas de damnificados

Para avalar las acusaciones tanto del Ministerio como del letrado de la empresa afectada, testificaron nada menos que 22 damnificados en el juicio, más representantes legales de otras tres empresas a la que suministraba productos agrícolas. En lo que respecta a la defensa del acusado, ejercida por el bufete de abogados de Manuel Hortas, ésta centró su alegato en el hecho de que Óscar C. G. «no defraudó ni estafó con ánimo de lucro ilícito», negando en todo momento lo argumentado por la Fiscalía y la acusación particular.

Según la defensa, el condenado se limitó a seguir en todo momento las instrucciones que le fueron impartidas por la gerencia de la empresa, y entregó de forma íntegra las cantidades percibidas a la misma. No obstante, en la vista oral celebrada el 29 de septiembre, todas las partes llegaron a un acuerdo por lo que el titular de la Sección Octava de la Audiencia Provincial dictó sentencia en el mismo momento.