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Archivo provisional

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L a decisión del Tribunal Superior de Valencia de sobreseer la causa contra el presidente Camps, el secretario general del PP en la comunidad, Ricardo Costa, y otros dos imputados por un presunto delito de cohecho impropio, al haber recibido regalos de empresarios de la trama Gürtel, supone el archivo provisional del caso, a la espera de los anunciados recursos ante el Supremo de la Fiscalía y de la acusación popular ejercida por el Partido Socialista. La Sala de lo Civil y Penal ha revocado así el auto del juez instructor que consideraba que existían indicios racionales y suficientes para enjuiciar la conducta de Camps y los otros tres encausados. No obstante, se apoya en la afirmación del magistrado de que no cabía concluir que hubiera conexión entre las dádivas recibidas y los contratos concedidos a los miembros de la trama investigada para rechazar que los hechos puedan encuadrarse en la forma más leve del cohecho establecida en el artículo 426 del Código Penal: el Tribunal niega que los agasajos fueran «causa determinante» de las adjudicaciones y añade que los imputados carecían además de competencia para favorecerlas. La discrepancia entre esta resolución y la dictada por el instructor, unida al voto particular de uno de los tres integrantes de la Sala cuestionando que se cierre la causa, certifica la dificultad jurídica existente para determinar si los trajes con que fue obsequiado Francisco Camps implican la comisión por éste de un acto delictivo o si merecen, como mucho, un reproche ético y político pero sin ninguna consecuencia penal. El sobreseimiento acordado por la máxima autoridad judicial en Valencia justifica tanto la satisfacción de Camps como el alivio de su partido, liberados ambos, hasta que el caso llegue al Supremo, de la presión que significaba para un cargo institucional tan relevante verse vinculado a la trama de corrupción. A la luz de la resolución del Tribunal Superior, el presidente valenciano y su partido pueden tener motivos para sentirse agraviados por la sombra de sospecha tendida en la opinión pública. No obstante, es precisamente esa resolución la que certifica que el Estado de Derecho y sus distintas instancias judiciales han funcionado con todas las garantías en este caso para asegurar la presunción de inocencia y el derecho a la defensa de los imputados. Su contenido obliga a los adversarios de Camps a templar el alcance de sus críticas. Pero también invita a dejar de trivializar el debate sobre los regalos cuando éstos tienen por destinatarios a funcionarios públicos.