El funcionamiento del Pleno cambiará. / LA VOZ
Jerez

El nuevo Reglamento Orgánico Municipal podría ver la luz en enero de 2010

Casto Sánchez cita la creación de «un debate anual sobre el estado de la ciudad» como una de las principales novedades

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El Reglamento Orgánico Municipal por el que se rige el Ayuntamiento de Jerez está en proceso de sufrir un cambio «radical». El primer teniente de alcaldesa y portavoz del Gobierno local, Casto Sánchez, acompañado por la delegada de Participación, Solidaridad y Cooperación, Miriam Alconchel, dieron ayer a conocer la propuesta del Gobierno local de nuevo Reglamento Orgánico Municipal (ROM), que aspira a conseguir el máximo consenso de los grupos políticos municipales para su aprobación definitiva en enero de 2010.

El nuevo ROM es, en palabras de Casto Sánchez, «radicalmente diferente del que se encuentra actualmente en vigor ya que está adaptado al Título X de la Ley de Bases de Régimen Local, que trata del régimen de los Municipios de Gran Población». Sánchez también ha añadido que se trata «del Reglamento de una Administración moderna, en línea con los ya existentes en otras grandes ciudades españolas, con una redacción más clara y que aporta numerosísimas novedades». El texto que se encuentra actualmente en vigor, que data de 1.999, cuenta con 120 artículos que ocupan 54 folios, mientras que el nuevo abarca 135 artículos y 100 folios.

El portavoz del Gobierno local informó que se «lleva trabajando en este nuevo Reglamento desde el pasado mes de junio. Hemos mantenido reuniones bilaterales con todos los grupos municipales y esperamos alcanzar con ellos el máximo consenso para aprobar este nuevo ROM. Se ha creado una comisión, que continuará trabajando en los próximos meses, y que estudiará las alegaciones que presenten los grupos. Nuestra intención es poder aprobar, con el máximo consenso posible, el nuevo Reglamento en enero de 2010».

Básicamente, el nuevo ROM irá destinado a regular el estatuto de los miembros de la Corporación; de los órganos de Gobierno; el funcionamiento del Pleno y sus Comisiones; los instrumentos de información, impulso y control; los niveles esenciales de la organización municipal; la comisión de reclamaciones económicas administrativas municipales; los órganos municipales de participación ciudadana y la información y participación ciudadana.

Cuenta con once títulos y sus principales novedades son que realiza una distinción clara entre el Gobierno local, el Pleno y la Administración municipal.

Pleno municipal

En lo que se refiere al capítulo del Pleno municipal se «parlamentariza su funcionamiento», ha señalado Casto Sánchez, y refuerza su papel de impulso y control a los órganos de Gobierno. El Pleno tendrá Comisiones de Pleno que, si así se decide, tendrán carácter resolutorio. Se establece también la regularización de la comparecencia de los delegados del Gobierno ante el Pleno o en las Comisiones del Pleno, lo que ahora no existe».

Los grupos municipales podrán realizar proposiciones o propuestas directamente al Pleno sin que tengan que ser dictaminadas favorablemente en Comisión, y también se recoge la opción de que un concejal distinto al alcalde o alcaldesa pueda ser el presidente de este órgano municipal, si bien Sánchez ha recalcado que el Gobierno local no hará uso de esa posibilidad este mandato».

«Como principales novedades, se regula la comparecencia de miembros del Gobierno municipal a instancia propia o a instancia de los grupos municipales. Se regulan las informaciones de carácter municipal y se establece un debate anual sobre el estado de la ciudad», ha explicado el primer teniente de alcaldesa.