
La Audiencia decide en septiembre si sigue el criterio del Supremo en el 'caso Semilla'
Ese mes se celebrará un nuevo juicio contra otros seis acusados en dos piezas de Sanlúcar por tráfico de cocaína
| CÁDIZ Actualizado: GuardarEl giro vertiginoso que ha dado el caso Semilla con dos resoluciones consecutivas del Tribunal Supremo, ordenando repetir juicios que acabaron en absoluciones, tiene después de vacaciones un capítulo nuevo por reescribir. En septiembre se celebrará otro juicio contra seis procesados que en su día fueron detenidos por orden del juez del nº 3 de El Puerto, Miguel Ángel López Marchena. Se trata de los acusados en dos piezas denominadas Sanlúcar 1 y 2. Esta parte de la instrucción no estuvo exenta de polémica porque el juez terminó imputando a varios agentes de la comisaría de Sanlúcar, pero las actuaciones que dirigió contra ellos fueron archivadas.
El juicio que se celebrará en septiembre ha adquirido una relevancia especial después del reciente fallo del Tribunal Supremo, que viene a confirmar que ha cambiado por completo el criterio en cuanto a si la actuación del juez es motivo o no para anular toda su investigación. A partir de la sentencia que dicte la Audiencia Provincial se sabrá si asume los nuevos argumentos del Supremo o insiste en invalidar los diferentes procedimientos nacidos de la operación Semilla.
La Fiscalía pide para los seis procesados penas que oscilan entre los siete y los cuatro años de prisión. Dos de ellos -Fernando C. F. y Antonio R. I.- fueron señalados directamente por el testigo protegido, clave en la investigación de López Marchena, como clientes habituales de su chalé de Valdelagrana, donde les vendía cocaína para su posterior distribución en Sanlúcar.
Con la información aportada por el narco arrepentido, el juez ordenó la entrada y registro de la vivienda de uno de ellos, pero no encontró nada relevante. Sin embargo, su testigo seguía insistiendo en que mantenían el negocio ilícito de venta de drogas.
Así, el instructor abrió una segunda pieza -Sanlúcar 2- que se basó principalmente en el seguimiento de los sospechosos a través de los pinchazos telefónicos. De esta forma llegó a otros cuatro procesados que compraban partidas a los dos primeros que ya estaba investigando. Los posteriores registros domiciliarios dieron resultado y se requisaron partidas diversas de drogas como cocaína y hachís.
La base de las indagaciones de López Marchena fueron las declaraciones del testigo protegido, que hasta diciembre de 2008 no eran motivo suficiente para pinchar un teléfono o realizar un registro. Sin embargo, en esa fecha, el Supremo dio un vuelco al caso y sí lo aceptó como material probatorio. Le toca ahora pronunciarse a la Audiencia.
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