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El Tribunal Supremo obliga a repetir otro juicio de la Operación Semilla

La Sala de lo Penal de la alta instancia anula la sentencia de la Audiencia de Cádiz que absolvía a cuatro narcotraficantes y que consideraba al juez de El Puerto incompetente en el caso

| CÁDIZ CÁDIZ Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado repetir el juicio oral contra cuatro supuestos narcos acusados en la conocida Operación Semilla, que fueron absueltos el pasado julio de 2008 por la Audiencia Provincial de Cádiz al considerar nulas las pruebas obtenidas en la instrucción del caso. El alto tribunal, sin embargo, deja «sin efecto» la sentencia de los magistrados gaditanos y considera «injustificada» la anulación de las pruebas.

Se trata del segundo juicio relacionado con esta operación que el Supremo ordena repetir y se convierte en el penúltimo capítulo del culebrón en que se ha convertido la Operación Semilla. Una investigación llevada a cabo por el Juzgado número 3 de El Puerto hace siete años y que supuso uno de los mayores golpes contra el narcotráfico de la provincia, al desmantelar una extensa red de tráfico de drogas en Cádiz y Sevilla.

Sin embargo, en los tribunales, el caso se dividió en decenas de procesos judiciales que corrieron diversa suerte. Muchos de ellos, se suspendieron o terminaron con sentencias absolutorias tras anularse los registros y los pinchazos telefónicos. De hecho, de los 31 procesados sentados en el banquillo, sólo cuatro han sido condenados por irregularidades en la instrucción del juez de El Puerto Miguel Ángel López Marchena.

Éste dictó una providencia en 2001 en la que se recogen los pormenores de tal investigación, que comenzó por el registro en un domicilio en Sanlúcar. La Audiencia Provincial, sin embargo, declaró nulo el registro domiciliario y estimó que el juez de El Puerto carecía de competencia para instruir la causa (al haberse iniciado en Sanlúcar).

Además, la falta de competencia fue arbitrariamente desechada según el tribunal gaditano, lo que anulaba la actuación del Juzgado de El Puerto y (como un castillo de naipes) caía tras ello toda la operación.

El Supremo, en cambio, no estima ahora vulnerados los derechos de los acusados a un «juez ordinario» (que establece la Constitución), ni cree que «la autoatribución competencial» dé motivos suficientes para tachar de imparcial al juez López Marchena, como pidieron las defensas de los acusados.

Sobre las pruebas, el Supremo da la razón de nuevo al juez portuense y estima que la anulación de la Audiencia era «injustificada». De este modo ordena la repetición del juicio oral, que deberá celebrarse con magistrados distintos a los que dictaron la sentencia absolutoria.

Segunda causa revisada

Es la segunda vez que el Supremo ordena repetir un juicio vinculado con la Operación Semilla. Ya que el pasado mes de noviembre de 2008 dictó una orden similar a la de ahora, aunque con argumentos diferentes. También entonces se anuló una sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Cádiz a cinco supuestos narcos de Chiclana y San Fernando. Pero en aquella ocasión la absolución no se basó a la falta de competencias del juez, sino a la anulación de unas escuchas telefónicas de la Policía, por un defecto procesal. El TS, sin embargo, estimó que este error no suponía una vulneración de los derechos de los acusados.