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Trece años de polémica ley

La "Ley de Solidaridad Democrática y Libertad para Cuba" fue impulsada por el senador republicano Jesse Helms y ratificada por el presidente Clinton

EFE
MADRIDActualizado:

La historia del bloqueo económico contra Cuba comienza en 1960 con la provocadora lectura, por parte de Fidel Castro, de la I Declaración de La Habana, en la que criticó el imperialismo norteamericano. Todo esto, unido a una política agresiva, el exceso de idealismo, la ineficacia del sistema y la subordinación de la Isla a la Unión Soviética, hizo que Estados Unidos intentara invadirla. El 17 de abril de 1961, se llevó a cabo, sin el éxito esperado, la llamada Invasión de Bahía Cochinos.

A partir de entonces, las relaciones EEUU-Cuba han estado determinadas por el "contrataque". A una medida tomada por Estados Unidos contraria a la isla le sigue la respuesta cubana. Hasta 1996, cuando se aprueba la "Ley de Solidaridad Democrática y Libertad para Cuba", impulsada por el senador republicano Jesse Helms y ratificada por el presidente Clinton.

Es básicamente un recrudecimiento del embargo. Fue aprobada pocas semanas después de que aviones caza cubanos derribaran dos avionetas de la organización "Hermanos al Rescate". Esta ley, más conocida como Helms-Burton, dificulta las inversiones extranjeras en la isla; permite a los ciudadanos estadounidenses, cuyas propiedades en Cuba les fueron expropiadas a principios de la década de los setenta, recurrir jurídicamente ante los tribunales de los EEUU contra el Gobierno cubano; dispone la suspensión de visados a los extranjeros que se hayan beneficiado o comerciado con las propiedades confiscadas a los ciudadanos estadounidenses por el gobierno de Castro; prohíbe a las instituciones financieras y bancos de EEUU otorgar préstamos que fomenten las inversiones extranjeras en la Isla.

Hasta ahora poco menos de 6.000 estadounidenses, muchos de origen cubano, han presentado reclamaciones sobre antiguas propiedades.

Qué dice la ley

La ley puede resumirse en cuatro puntos esenciales:

I.- Reforzamiento de las sanciones internacionales contra el Gobierno de Fidel Castro y establece que el embargo económico impuesto a Cuba no puede ser levantado por un presidente de EEUU sin la aprobación del Congreso:

a) Pide al Presidente que solicite al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas un embargo contra el régimen dictatorial de Castro.

b) Autoriza a dar apoyo a los grupos de la oposición democrática y defensores de los derechos humanos en Cuba.

c) Prohíbe a las instituciones financieras y bancos de EEUU otorgar préstamos que fomenten las inversiones extranjeras que se benefician de las propiedades confiscadas por Cuba.

d) Clasifica el embargo comercial contra Cuba en un estatuto, en el que se señala que no se levantarán las sanciones contra ese país hasta que no hayan realizado la transición hacia la democracia.

II.- Apoyo a Cuba libre e independiente:

a) Autoriza al presidente de EEUU a elaborar un plan de apoyo al pueblo de Cuba durante la transición hacia la democracia.

b) Autoriza al presidente de los EEUU a cancelar el embargo cuando en La Habana haya un gobierno democrático.

III.- Protección de las propiedades estadounidenses expropiadas por el régimen castrista, contiene el "Principio de responsabilidad de la justicia":

a) Protege las propiedades de los ciudadanos estadounidenses cuyos bienes fueron expropiados en Cuba y les permite recurrir judicialmente ante tribunales estadounidenses.

b) Esta medida debe detener las inversiones extranjeras en Cuba.

IV.- Exclusión de los extranjeros cuyas propiedades hayan sido confiscadas en Cuba:

a) Dispone la suspensión de visados a los extranjeros que se hayan beneficiado o comerciado con las propiedades confiscadas a los ciudadanos estadounidenses por el régimen de Castro.

V.- Se especifican las posibles excepciones:

a) Se establecen excepciones en la orden de suspensión de visados por razones humanitarias o porque se autorice la entrada a EEUU a las personas que quieran defenderse ante los tribunales por los juicios iniciados en su contra.

Los puntos más polémicos de la ley son los títulos III y IV en los que los Estados Unidos aplica el principio de extraterritorialidad, pero que han condenado la mayoría de sus aliados comerciales como por ejemplo Canadá, México y la Unión Europea. Por decisión presidencial, en julio de 1996 se suspendió la aplicación del título III, cuya moratoria es renovada cada semestre por el presidente norteamericano. Es lo que acaba de hacer ahora, con fecha de 1 de agosto próximo, Barack Obama.