La Audiencia sólo podrá investigar en el extranjero si hay víctimas españolas
| COLPISA. MADRID Actualizado: GuardarSe acabó eso de que la Audiencia Nacional juzgue, sin apenas limitación, las violaciones de derechos humanos cometidas en cualquier lugar del planeta. El Congreso de los Diputados aprobó ayer, por mayoría absoluta, una reforma legislativa que condiciona la intervención de la Justicia española a casos en los que esté acreditada la existencia de víctimas nacionales.
También podrá actuar si los presuntos criminales se encuentran en España. Pero, en todo caso, deberá estar claro que no existen procedimientos abiertos ni en el país donde se cometieron los hechos ni en un tribunal internacional.
Con esta reforma, avalada por el PSOE, el PP, CiU y el PNV, el Gobierno se garantiza una mayor tranquilidad diplomática. España era uno de los pocos países que habían validado el principio de jurisdicción universal. Lo hizo, además, de manera muy temprana, en 1985. En virtud del Código Penal aprobado aquel año, Baltasar Garzón pudo ordenar el arresto en Londres del ex dictador chileno Augusto Pinochet en 1998.
La reforma legislativa no tiene efectos retroactivos, por lo que de momento, nadie sabe cómo la Audiencia Nacional resolverá las causas abiertas hasta ahora: el Holocausto (Alemania); Guántanamo (Estados Unidos); la muerte del periodista José Couso (Irak); el supuesto genocidio cometido por las autoridades chinas en el Tíbet; también en China, la persecución del movimiento religioso Falun Gong; la muerte de cinco jesuitas españoles, otro salvadoreño y dos mujeres en El Salvador; el supuesto genocidio contra la población indígena maya en Guatemala; el ataque aéreo israelí sobre la Franja de Gaza que en 2002 dejó 15 muertos y 150 heridos; la desaparición de medio millar de saharauis desde 1975 en Marruecos, y la investigación del genocidio de Ruanda.