Nuevo revés judicial para la Junta en el caso de las expropiaciones de Las Aletas
Una sentencia del TSJA anula el acuerdo de la comisión de valoraciones por el que se estableció el precio por metro cuadrado La Administración autonómica renunció a continuar el pleito
| CÁDIZ Actualizado: GuardarOtro revés para la Administración autonómica en lo que se refiere a las expropiaciones de Las Aletas. Si bien éste era esperado. El pasado 2 de abril, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó sentencia estimando el recurso presentado por la empresa Dehesa Norte. Apenas ha pasado un año desde que la compañía solicitó al Alto Tribunal andaluz que anulara el acuerdo de la comisión provincial de valoraciones de Cádiz por la que se estableció el justiprecio por metro cuadrado de los terrenos expropiados por la Administración autonómica en la zona de Las Aletas.
La Junta, en un principio, solicitó al TSJA que desestimara las pretensiones expresadas por la compañía en el escrito de demanda. Sin embargo, una orden del consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio autorizó que la representación jurídica de la Administración autonómica se aviniera a la petición de Dehesa Norte de que se anularan los acuerdos de valoración de las fincas expropiadas. Cuando uno no quiere, dos no se pelean, así que se acabó el pleito. Esta empresa tiene dos fincas en Las Aletas. La afectada directamente por esta sentencia es la que tiene una mayor superficie, 148 hectáreas a decir de la empresa y diez menos, según la Junta, que también esgrime que se encuentra en dominio público marítimo terrestre y que los derechos de la compañía sobre estos suelos son de uso y aprovechamiento y no de propiedad privada.
Siete céntimos el metro
La valoración que ha quedado anulada por esta sentencia del TSJA y que fue realizada por la comisión provincial de valoración estableció el precio por metro cuadrado de esta finca en siete céntimos. Esto hubiera supuesto una indemnización por la expropiación de 96.658,52 euros, según la superficie que reconoce la Administración; o de 103.658,52 euros, según la que asegura la firma que tiene la finca.
La anulación de la valoración no era la única pretensión del recurso presentado por Dehesa Norte en abril de 2008. En su escrito de demanda, la empresa solicitaba la anulación obtenida en el fallo o la fijación del «justiprecio en el expediente expropiatorio en una cantidad no inferior a 101.266.429,97 euros. O lo que es lo mismo, 73,34 euros el metro cuadrado si se tiene por buena la superficie que la Junta reconoce que tiene la finca; o 68,38 euros el metro, según la superficie que Dehesa Norte asegura que tiene el terreno afectado. La firma solicitó al Alto Tribunal andaluz que se pronunciara sobre la determinación del justiprecio. Sin embargo, éste manifiesta en el fallo que no es pertinente hacerlo.
Esta nueva sentencia es un nuevo revés para la Junta. Hace más de un año ya se anuló por sentencia del TSJA el plan con el que se fundamentaron las expropiaciones, quedando éstas también anuladas por haber derivado del plan declarado nulo. Sin embargo cabe pensar que la anulación del justiprecio fue prevista por la Junta. La orden del consejero que autoriza a los representantes jurídicos de la Administración a aceptar la anulación del justiprecio tiene fecha de cinco días antes de que el Consejo de Gobierno acordara la apertura de un nuevo proceso expropiatorio.