Juicio contra el 'Clan del Cagalera', en septiembre de 2006. En la imagen, Juan Manuel Vargas, 'El Cagalera', en un momento de su declaración. / ÓSCAR CHAMORRO
PRISIÓN

El Tribunal Supremo mantiene la condena para los dos cabecillas del 'clan del Cagalera'

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El Tribunal Supremo (TS) mantuvo la condena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 11,8 millones de euros para cada uno de los dos considerados cabecillas de la organización, uno de ellos conocido 'el cagalera' y su hijo 'el diarrea', que impuso en noviembre de 2006 la Audiencia Provincial de Cádiz.

La sentencia del Supremo, a la que tuvo acceso Europa Press, estima el recurso de uno de los acusados, al que absolvió, así como parcialmente el de otros de los 17 condenados, rebajándole la multa puesta por la Audiencia de 11,8 millones de euros a 3,5 millones de euros.

Los condenados plantearon recursos ante el Supremo al considerar que hubo infracción en el derecho fundamental sobre las comunicaciones telefónicas intervenidas para la investigación del caso. Dichos recursos fueron desestimados por el alto Tribunal al considerar que la decisión judicial de intervenir los teléfonos estaba suficientemente justificada.

Por otra parte, otro de los recursos planteados por los condenados fue por dilaciones indebidas, lo cual también fue desestimado por el Tribunal Supremo al considerar que no las hubo.

Por contra, sí estimó el recurso de uno de los acusados sobre la infracción de la presunción de inocencia, concretamente al condenado se le implicó por hacer reparaciones en las embarcaciones utilizadas para el tráfico de droga. El Supremo, tras estima el recurso, lo absolvió.

El TS estimó parcialmente el recurso planteado por la Fiscalía, pero señaló que aunque procede apreciar la concurrencia de la agravación por pertenencia a una organización, no tiene repercusión en la condena.