Rocío Jurado no vulneró el honor de Antonio David Flores al hablar sobre la separación de su hija
El alto tribunal condena al ex yerno de la cantante a pagar las costas del juicio
MADRIDActualizado:El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en octubre de 2004 que desestimó la demanda interpuesta por Antonio David Flores contra su ex suegra, Rocío Jurado, y contra la revista Lecturas, por unas declaraciones sobre la separación de su hija que la fallecida cantante realizó a una televisión argentina, y que posteriormente fueron recogidas en la publicación. El alto tribunal condena al que fuera yerno de 'la Jurado' a pagar las costas del juicio.
El procedimiento fue iniciado por Flores tras tener conocimiento de las declaraciones realizadas en 2000 por su ex suegra en el programa del Canal 13 de la televisión argentina 'Hola Susana'. En este espacio, Rocío Jurado manifestó que cuando su hija, Rocío Carrasco, rompió con Antonio David "se quedó muy mal", y que éste le había hecho "la vida insoportable y, hoy día, lo sigue haciendo". Añadió que Antonio David fue una persona "nefasta" y afectó a la vida de toda la familia, en la que nunca se integró.
Flores pretendía que la cantante fuera condena por intromisión ilegítima en su honor y en su intimidad personal y familiar y solicitó una indemnización de 1.000 millones de pesetas. Argumentaba que la entrevista en la televisión argentina había sido amplificada tras la publicación de su contenido en Lecturas.
El alto tribunal confirma las desestimación de la demanda dictada por el juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid y después por la Audiencia Provincial y condena al recurrente al pago de las costas. La sentencia del Supremo subraya que, en este caso, "no se aprecia la existencia de expresiones formalmente injuriosas o innecesarias en el seno de la entrevista a la que se sometió la demandada". Considera además el alto tribunal que "tampoco se ha rebasado el ámbito de protección de la libertad de expresión con términos innecesarios y afirmaciones e insinuaciones inequívocamente injuriosas, estándose ante un tema que puede considerarse de interés general, en el sentido de haber sido seguido por un considerable número de ciudadanos atento a los aconteceres del 'mundo del corazón', sometido al público conocimiento, entre otras razones por la propia conducta del actor".