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Gabriela Bravo, portavoz del CGPJ, explica los detalles del informe aprobado por el ógano de gobierno de los jueces. / Efe
pleno de los jueces

El CGPJ ve de «muy difícil justificación» la libertad vigilada para terroristas o violadores

El órgano de gobierno valora positivamente la medida prevista para que los delitos más graves de terrorismo no prescriban

EFE |
MADRIDActualizado:

Ya es ex ministro de Justicia pero su mandato de dos años sigue provocando críticas. Las últimas, las del Consejo General del Poder Judicial, que ha dado luz verde definitiva a un informe que cuestiona la última reforma penal proyectada por Mariano Fernández Bermejo para, entre otras cosas, aplicar sistemas de libertad vigilada tras la salida de prisión de terroristas o agresores sexuales. En una rueda de prensa posterior a la celebración del Pleno del órgano de gobierno de los jueces, su portavoz, Gabriela Bravo, ha explicado que aunque la medida de libertad vigilada se aplica en países de nuestro entorno, sería de "muy difícil justificación" en nuestro ordenamiento jurídico porque su cumplimiento entra en colisión con las medidas penitenciarias de tercer grado y libertad provisional. Además, ha apuntado que establece un "sistema restrictivo de derechos" al basarse en una responsabilidad dilatada en el tiempo que tiene difícil encaje constitucional.

El informe del CGPJ, preceptivo pero no vinculante, argumenta que esta medida establece un sistema restrictivo de derechos y critica que se base como presupuesto en una responsabilidad dilatada en el tiempo, ya que la libertad vigilada se aplicaría a los delincuentes reincidentes una vez cumplida la pena. Otra de las críticas del informe se refiere al tratamiento previsto para los delitos contra la libertad sexual, la prostitución y la corrupción de menores, en los que se prevé un aumento de las condenas, las cuales según el CGPJ no son acordes con el principio de proporcionalidad.

Pegas al anteproyecto del Gobierno

En concreto, se cuestiona que la violación de un menor de trece años se castigue con penas de entre doce y quince años de prisión y el homicidio de un menor de trece años, con entre diez y quince años de cárcel. Bravo ha indicado que, aunque los delitos contra la libertad sexual de los menores son muy graves, las condenas previstas, en comparación con las de los delitos contra la vida, no son acordes con el respeto a la proporcionalidad de las penas. Además, el Poder Judicial propone que los delitos penales se consideren supuestos agravados cuando afecten a menores de trece años, incluida esa edad.

El CGPJ también censura la ampliación del plazo de prescripción para delitos contra la Hacienda Pública que se contempla en la reforma del Ejecutivo, ya que considera que no es una medida proporcionada con la entidad de los delitos. Para la portavoz del Consejo "aumentar el plazo de prescripción perjudicaría al sistema económico de nuestro país porque a las empresas las dejaríamos en un limbo de inseguridad jurídica".

Lo que sí valora positivamente el informe es la medida prevista en el anteproyecto para que los delitos más graves de terrorismo no prescriban. Entiende que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, es una opción de política criminal por la que puede optar el legislador. En este punto, no obstante, ha presentado un voto particular la vocal Margarita Uría, nombrada a propuesta del PNV.