El Supremo confirma la cárcel a un marroquí por la muerte de tres inmigrantes
El acusado los escondía en un doble fondo de su furgoneta, donde murieron de asfixia
Actualizado:El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz en 2008 a un marroquí que intentó introducir en España ocultos en un doble fondo de su furgoneta a varios inmigrantes ilegales, de los cuales tres murieron por asfixia.
La Sala de lo Penal del TS desestima así el recurso del condenado, Mohamed E.H., y ratifica la sentencia de la Audiencia gaditana, que le condenó por tres delitos de homicidio imprudente, un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, uno de lesiones por imprudencia grave y otro delito de omisión del deber de socorro.
Los hechos ocurrieron el 24 de mayo de 2004 cuando el condenado recogió con su furgoneta en la localidad marroquí de Meknes a ocho inmigrantes, de los cuales seis se situaron en los asientos traseros, mientras que otros dos viajaban con él en la parte delantera del vehículo.
En la furgoneta, que iba además cargada con diversa mercancía, se dirigieron hacia Tánger, donde Mohamed E.H. introdujo a los seis pasajeros indocumentados que viajaban en los asientos traseros en un doble fondo del vehículo de dimensiones reducidas y sin ventilación suficiente.
De este modo se dirigió al puerto de Tánger, donde cogieron un barco que les llevó a Algeciras, trayecto durante el cual los inmigrantes permanecieron en el doble fondo. Durante el viaje en barco se empezaron a oír lamentos de los que permanecían ocultos, ya que les faltaba el oxígeno en aquel zulo en el que habían permanecido durante horas, aunque el condenado no detuvo el vehículo hasta que llegó a la localidad de San Roque.
En una cuneta de la carretera, descargó las mercancías y comprobó que tres de los inmigrantes habían fallecido y otro sufría graves dificultades respiratorias. Pese a ello, el condenado y las otras dos personas que viajaban con él (uno de ellos, hermano de un fallecido) se marcharon del lugar, abandonando al herido y los tres cadáveres.
Aunque el conductor negó los hechos, la Audiencia consideró cierta la declaración de los supervivientes, que lo señalaron como un reconocido traficante de personas que cobraba por ello.
Si morían, no cobraba
El alegato del acusado fue tan cínico y macabro como el propio viaje. En su recurso, Mohamed E.H. explicó que él realizaba una «arriesgada labor» y que el fallecimiento de los tres inmigrantes era un «desenlace evitable», pero «absolutamente imprevisible» ya que tomó precauciones para evitarlo -asegura-. Además, según explica el Supremo en su decisión, si alguno de los inmigrantes llegaba a morir en el viaje «él no recibía lo pactado» con los transportados. El TS indica que no aprecia la «arriesgada labor» que desempeñaba el condenado, ya que lo «arriesgado» era someterse a un traslado en un escondite «que se transformó en trampa mortal».
«La falta de precauciones y la infracción del mínimo deber objetivo de cuidado, hacen improsperable» el recurso, concluye la sentencia del Alto Tribunal.