Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizCádiz
ESPAÑA

Auto de protesta

El auto del Juzgado de Instrucción 4 de la Audiencia Nacional emitido ayer plantea de nuevo ante la opinión pública la virtualidad de la llamada jurisdicción universal. Es cierto que la Ley Orgánica del Poder Judicial permite abrir diligencias contra cualquier delito que, de acuerdo con los tratados internacionales ratificados por España, deba ser perseguido por nuestras autoridades judiciales; en este caso, se trataría de un delito contra las personas protegidas en caso de conflicto armado (artículo 611.1 del Código Penal). Sin embargo, el requerimiento a las autoridades israelíes que efectúa el auto para que los querellados presten declaración en la Audiencia Nacional como imputados, apoyándose en el Convenio europeo de asistencia judicial en materia penal -ratificado por Israel en 1967-, no dista de ser un mero deseo. Entre otras razones porque el mismo Convenio de asistencia judicial, en su artículo 2, permite a Israel denegar la solicitud si considera que la misma «podría causar un perjuicio» a la seguridad o el orden público del país.

NICOLÁS GARCÍA RIVAS
Actualizado:

La reciente operación de exterminio sobre el mismo territorio de Gaza, con ataques indiscriminados a la población civil -mucho más graves que el bombardeo perseguido ahora por la Audiencia Nacional-, convertirá el auto español en papel mojado; y, lo que es peor, hará desconfiar a los poderes públicos sobre la oportunidad de mantener un sistema de jurisdicción universal tan amplio como el que ahora existe. A este respecto, conviene recordar que Bélgica optó por restringir el suyo en 2003, cuando sus tribunales decidieron perseguir a Ariel Sharon por la matanza de Sabra y Shatila. A partir de entonces, sólo son competentes cuando existe una «conexión nacional» en el asunto, es decir, cuando el autor o la víctima sean belgas. Tampoco está de más añadir que la Corte Penal Internacional ha nacido para sancionar hechos como los cometidos durante decenios por Israel contra los habitantes de Gaza y que, por ahora, no se ha abierto ningún procedimiento en La Haya contra las autoridades de ese país, ni la comunidad internacional ha establecido sanciones, ni el Gobierno español se ha replanteado la venta de armas al Gobierno hebreo. En ese contexto, el auto de la Audiencia Nacional sólo puede ser entendido como un acto de protesta política, más que como el ejercicio real de la potestad jurisdiccional.