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Simpatizantes de ANV muestran retratos de presos de ETA durante un acto político en enero del año pasado para presentar a sus candidatos al Congreso y al Senado. / Archivo
avala al SUPREMO

El Tribunal Constitucional confirma la ilegalización de ANV por su relación con ETA

Considera que la sentencia no infringió los derechos de asociación política y libertades ideológicas y que los hechos declarados probados están contemplados en las causas para aplicar la Ley de Partidos

AGENCIAS |
MADRIDActualizado:

El Tribunal Constitucional ha confirmado la sentencia del Tribunal Supremo que acordó la ilegalización de Acción Nacionalista Vasca (ANV) al rechazar el recurso de amparo que presentó esta formación. La Sala Segunda del alto tribunal considera que la sentencia del Supremo no infringió los derechos de asociación política y libertades ideológica y de expresión, como había alegado la formación ilegalizada, y que los hechos declarados probados están contemplados en las causas de ilegalización previstas en la Ley de Partidos Políticos.

El alto tribunal estima que es tan efectivo el apoyo brindado directamente a ETA como el que se dispensa a Batasuna, ya que se trata de un partido que fue disuelto por ser un simple instrumento de la banda terrorista. Además, sostiene que la sentencia del Supremo concluyó de una forma razonable y motivada que ANV "ha acabado colaborando reiterada y gravemente con Batasuna complementando y apoyando políticamente, en consecuencia, a la organización terrorista ETA".

El Constitucional alega que no puede admitirse que el hecho de que Batasuna sea un partido ilegalizado pero no una organización terrorista impida aplicar a ANV las causas de ilegalización previstas en la Ley de Partidos, como alegaba esta formación. Y aclara que el Supremo no ha ilegalizado a ANV por su coincidencia ideológica con ETA, sino por haber entendido que la campaña de intimidación dirigida a numerosos candidatos electos tras los comicios de 2007 y el boicoteo organizado en connivencia con Batasuna, siempre al servicio de la banda, contra la constitución de determinadas corporaciones municipales, tenía perfecto encaje en la Ley de Partidos Políticos: "Son unas actuaciones y no unos programas o idearios" las que se han subsumido en las causas legales aplicadas por el Tribunal Supremo.

De sospechas a certezas

Recuerda además que las "sospechas latentes" en el auto de anulación de buena parte de las candidaturas de ANV a las elecciones locales y forales de 2007 "podían dar paso a la certeza de que era la nueva alternativa de ETA para su participación en las instituciones políticas". A los hechos acreditativos de la relación política existente entre ANV, por una parte, y Batasuna y ETA, de otra, se suman los que han puesto de manifiesto, además, la existencia de una relación económica entre uno y otros, explica el TC. En este punto matiza que de las pruebas practicadas se ha deducido, motivadamente, que ANV ha apoyado económicamente a un partido político ilegalizado -Batasuna- por confundirse con un grupo terrorista.

También defiende el TC la conclusión del Supremo respecto a la inexistencia por parte de ANV de comunicados de condena a los crímenes terroristas y señala que la genérica condena de la violación de los derechos humanos realizada por esa formación no es suficiente. También tiene una relevancia significativa para el TC la "coincidencia acreditada" entre los lemas, símbolos y proclamas de ANV con los que habitualmente son comunes a Batasuna y ETA, como premisa de la legitimidad de la violencia como medio para la persecución de objetivos políticos.

"La reacción jurisdiccional del Estado ante esa realidad no puede ser sino la de la descalificación jurídica como partido político", una consecuencia, insiste el TC, "que en absoluto supone la proscripción de ideologías o proyectos políticos".

Fin a dos años de proceso

Con esta decisión, el TC confirma la resolución del Tribunal Supremo, cuya Sala del 61 acordó por unanimidad, en septiembre de 2008, declarar ilegal a ANV y PCTV al considerar que uno y otro eran "instrumentos" de ETA. Entre las pruebas que manejó el TS figuraba el acta de una reunión que revelaba la existencia de una "caja única", que recogía los ingresos de Batasuna, ANV y PCTV, pero sobre la que sólo Batasuna tenía capacidad de decisión; también se consideraron pruebas para justificar la ilegalización las nóminas a cargo de ANV y PCTV cuyos beneficiarios eran hasta 39 responsables de Batasuna, formación ilegalizada el 28 de marzo de 2003.

Los dos fallos del Supremo contra ANV y el PCTV convirtieron en definitiva una situación que arrancó en febrero de 2007, cuando el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón decretó la suspensión cautelar por tres años de todas actividades de estas dos formaciones dentro del proceso penal en el que tiene imputados por colaboración o integración en ETA a casi 70 dirigentes de ambos partidos, miembros de la última y clandestina Mesa Nacional y responsables de organizaciones de la izquierda proetarra.

Además de estas dos formaciones, durante los siete años de vida de la Ley de Partidos Políticos, el Supremo también ha anulado centenares de candidaturas electorales, o ha impedido la inscripción de agrupaciones políticas y de formaciones como Herritarren Zerrenda (HZ), Aukera Guztiak (AG), Abertzale Sozialistak (AS) y Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB).