Cultura

Sobre la beneficencia y la caridad

A principios de siglo XIX, se realizaron reformas para mejorar el estado en el que se encontraban los establecimientos encargados de la beneficencia

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«Dos clases de persona distingue la misma naturaleza: válidos e inválidos, los unos con las facultades morales y físicas necesarias para procurarse la subsistencia, los otros faltos de tan indispensables medios por defecto o exceso de edad, por ignorancia o debilidad, por enfermedad o fatiga.» (Dr. Fermín Hernández).

A principios de siglo XIX, se realizaron reformas de carácter general y que fueron aplicadas a todas las provincias y a todas las instituciones. El propósito era mejorar el estado en el que se encontraban los establecimientos encargados de la beneficencia. La guerra de Independencia y los acontecimientos devastadores que estuvieron presentes en la misma fueron determinantes para los establecimientos piadosos que se encontraban abandonados en esos duros momentos.

Fue una época de desorden político y administrativo que llevó a una situación critica en los mismos.

El hambre, las epidemias, los pobres sin hogar, los niños y viejos abandonados y las mujeres solas, y jóvenes heridos fueron sus protagonistas.

En definitiva, tanto las carencias de recursos por las perturbaciones sociales como las escasas posibilidades de sobrevivir en situación de invalidez, hacían visible que el hombre sucumbiría si no recibía auxilio ajeno.

La beneficencia pública es la tutela colectiva del Estado y un deber moral de la sociedad como la caridad lo es de los individuos. La sociedad debía velar por su conservación. La administración pública debía auxiliar y fomentar la caridad sin imponerla ni cohibirla. Debía proteger las instituciones particulares de beneficencia pero respetando los derechos privados y el deber de distribuir los fondos públicos destinados a dicha beneficencia.

«Debe amparar al abandonado, enseñar al ignorante, apoyar al anciano y asistir al pobre y al enfermo».

Se clasifican los centros en: casas de maternidad, expósitos huérfanos y desamparados, de misericordia, de corrección, asilos de párvulos, refugios, hospitales, positos, manicomios, cajas de ahorros, escuelas de instrucción publica, fundaciones, patronatos, memorias, legados, obras pías, gremios, cofradías, socorros, ordenes, sociedades, comunidades religiosas.

Y debían: Respetar a las autoridades y corporaciones benéficas y a los empleados de las mismas. Recibir al pobre o enfermo según la clase de establecimiento. Conservar la separación por sexo y edades. Que la botica sea regida por ordenanzas formados. Separar los enfermos normales de los contagiosos no dando en caridad ningún objeto o ropa que hubiese pertenecido a un enfermo contagioso. Conservar la limpieza y la ventilación. Guardar en un fondo de ahorros el dinero que pudiera aportar algunos de los beneficiados. Tener un director, un secretario y un administrador. Contratar en pública subasta los socorros personales y todos los efectos que necesitara el centro.

No debían: Dar comida o trato especial a ningún recogido. Ni admitir a ninguna persona que no lo necesitasen. No permitir la entrada a ningún menesterosos huido de la justicia.

Ante la necesidad urgente de asistir a todos los necesitados, en 1820 se estableció como norma que los ayuntamientos dieran el diez por ciento de propios, que hasta el momento estaba dedicado al arreglo de los caminos, a los centros de beneficencia. (Decreto 3/11/1820) Para esto se crean Juntas provinciales y municipales de beneficencia a las órdenes del Ministerio de Gobernación, con la intención de subsanar los efectos ocasionados por la ocupación francesa. Entre las medidas llevadas a cabo estuvieron la supresión de la Manda Pía forzosa que administraron los párrocos durante la guerra y cederlos a los distintos centros de beneficencia. Quedaron anulados los bienes y derechos de cualquier obra de beneficencia que no hubiese sido aprobada por la Junta. Se resolvió devolver a todos los centros de beneficencia aprobados, los derechos y rentas que habían perdido durante la ocupación.

La Casa de expósitos

«Muchos llegan al torno heridos por los violentos esfuerzos que ya, en el mismo seno materno, sufrieron para ser ocultados y extenuados de miseria o aterídos al frio.» (Dr. Fermín Hernández).

La opinión general y la ley defendía que los hijos fueran legítimos o ilegítimos debían ser educados por su madre, pero cuando esto no es posible, la administración necesitaba amparar a los menores en contra de sus propios familiares.

Primero se intentaba insertar al menor en casa de labradores, artesanos o familias dispuestas a ello. Pero mientras esto ocurría había que recogerlos y auxiliarlos. El número de niños abandonados aumento durante la guerra y en los años posteriores a ella.

Los expósitos eran recogidos por medio de los tornos o bajo declaración secreta a la autoridad. Y podían ser devueltos a los padres siempre que justificaran poder mantenerlos y resarcieran los gastos que hayan producido aunque ya estuvieran prohijado. Y si fueran prohijados, se deberá garantizar a los padres y velar por su responsabilidad para con los niños.

La casa de expósitos en la ciudad se remontaría al año 1666 cuando se fundó un pequeño hogar al que se llamó de Santa Elena y que fue demolido para construir en 1730 los cuarteles que también se llamarían así bajo la muralla de Puerta de Tierra.

La Hermandad de la Caridad se hizo cargo del avituallamiento en 1763 gracias al trabajó que realizó Dº Manuel de Villena, Marqués del Real Tesoro. Durante la Guerra de la Independencia y hasta la promulgación de la Ley Municipal sobre Beneficencia de 1822.

Existía también una casa para la recogida de los niños más pequeños. Fue fundada en 1621, en la plaza del Cañón. Luego pasó a la calle de La Carne hasta que en el año 1889 se fijo en la Calle Cuna. Parece que este centro no contaba con los requisitos mínimos para albergar niños.

Casi todos los niños eran criados fuera del establecimiento por amas de cría a las que se le pagaba entre treinta y cuarenta reales al mes. También debían lavar las ropas y asistirlos. En la casa quedaban entre cuarenta y cincuenta párvulos, enfermos y convalecientes al cuidado de otras doce o quince amas.

El Hospicio de Misericordia

«Se les permitirá una prudente y arreglada libertad, proporcionándoles destrezas y diversiones moderadas, prohibiendose el uso de grilletes, cepos, azotes y calabozos.» (Dr. Fermín Hernández).

Tenían como objeto albergar a los pobres incapaces de ganar el sustento y de toda la mendicidad pública. Quedaban excluidos en un primer momento los enfermos y los niños menores de doce años. Debían recoger solo a los que vivían en la provincia correspondiente. Había que separar a los que necesitaban medidas correctivas de los que no. Todos los recogidos mayores de cuarenta años, debían colaborar en el mantenimiento del establecimiento. Si este trabajo era remunerado, debía de guárdasele en una caja de ahorro el sueldo conseguido.

Durante el reinado de Carlos III y a través de la Ley de Vagos, se intentó que todos estos indigentes pasaran a formar parte de los ejércitos y solo los que no fueron aptos para alistarse entonces pasarían a las casas de misericordia. Con Fernando VII estos, se instruían en tierras próximas, en las labores del campo ante las necesidades que provocó la guerra.

En Cádiz el Hospicio de la Misericordia albergaba a jóvenes de ambos sexos, bien sin padres conocidos o bien con ellos pero en la miseria. Se pretendía convertirlos en hombres y mujeres útiles para la sociedad.

Estaba situado en el campo llamado de La Caleta, en medio del Castillo de San Sebastián y del de Santa Catalina. Formado por un edificio construido en piedra de sillería, con dos edificios más pequeños anexos al mismo. Dividido en cuatro cuerpos con más de setenta y cinco huecos o ventanas por donde entraba luz y ventilación para la salubridad del mismo.

En el primer patio, enlosado con mármol genovés, se encontraban las oficinas, talleres, almacenes, escuelas para los niños y el comedor para los ancianos. En el frente opuesto a la entrada se encontraba el pórtico coronado por un reloj y por un corredor que llevaba al segundo patio donde había una galería y un pequeño jardín. Esta última galería fue construida en 1810 por D Miguel Zumalava que era vocal de la junta de Gobierno de dicho establecimiento.

A la derecha estaba el departamento de los dementes de ambos sexos y las habitaciones de los matrimonios ancianos a los que cuidaban los propios niños. Hombres y mujeres se encontraban separados tanto en las zonas de dormitorios como en las zonas de enseñanza y trabajo y también en las de asistencia médica.

Los niños vivan rodeados de ancianos a los que servían y vigilaban.

Comían tres veces al día intentando que no les faltara lo más imprescindible para sobrevivir. Y se procuraba la enseñanza de las primeras letras, a continuación de esto las niñas se les enseña a coser, bordar, tejer y labores del hogar y los niños algún tipo de oficio.

La renta necesaria para mantener el Hospicio, provenía de dieciséis casas que poseía la misma fundación de la cual recibía hasta 48000 reales. También rentas procedentes de los arbitrios del aceite, vino, pan elaborado, trigo, harina y algo que se recogía de limosnas. Si algo sobraba tras los gastos propios de la casa, debía entregarlo a otras instituciones que las necesitasen, cosa que ocurrió durante los años 1808 a 1813. A partir de las reformas de 1822, se plantea la necesidad de contar con mayores ingresos a través de los propios trabajos realizados en el mismo centro por los jóvenes allí asistidos. Se abre la primera sastrería llevada por jóvenes aprendices y ancianos artesanos que hacían el vestuario que usaban los varones. Un taller de zapatería, otro de carpintería, de cestería, y ocho telares.

Casa Refugio de San Servando y San German

Ocupaba el antiguo convento de Capuchinos. Se dedicaba a recoger a los niños y jóvenes que vagaban por las calles. Se mantenía por las asignaciones del ayuntamiento y las limosnas de los bienhechores. Dependía directamente del Párroco de San Lorenzo.



La Casa de Viuda de Fragela o la casa pía de San Juan y San Pablo

Estaba sometido a patronos particulares. Se situaba en la Plaza de Fragela. Su origen estaba en el interés por dar asilo hasta cuarenta y cinco viudas o doncellas huérfanas a las que había que procurarles dote. La única obligación de las mismas era rezar por el alma de su fundador.

En el edificio existía un espacioso patio con cuatro aljibes, dos pozos, ocho cocinas, lavaderos y almacén de limpieza.

La casa de viudas de Tabares

Fundada por Dº Manuel de Barrios y Soto, se encargó de recoger a las viudas pobres de la ciudad que vivían solas y no pudieran cuidar de si mismas.

Casa de Recogida para mujeres

Sostenida por Dª Jacinta Martínez de Zalazaga y Dº Juan de Isla, se encargaba de recoger a las mujeres arrepentidas tras haber pasado por presidio.

Casa Nuestra Señora del Carmen

Ubicado en el callejón de La Corona fue fundado por Dª María de Astorga para la enseñanza de las niñas pobres.

Hermandad de La Caridad



Tenía como principal obligación la de asistir a los reos en capilla y acompañarlos tanto al suplicio como al cementerio.

Hago saber al público:

«Que Cádiz mantenga a los Pobres de los pueblos de su comarca en los tiempos de felicidad y abundancia, es propio de la beneficencia y notoria caridad de sus vecinos; pero que lo ejecute en los de escasez, cuando le falta absolutamente la navegación y el comercio, únicos manantiales de su riqueza, no puede ejecutarse sin que sufran mucho los verdaderos necesitados convecinos suyos, los cuales deben ser atendidos con preferencia.

La indigencia del vecino de Cádiz puede ser conocida y comprobada por el Cura de su Parroquia, o Comisario de respectivo cuartel: no así el de forastero, pues debe dudarse y aún temer que bajo el especioso titulo de pobre se oculta el vago o el delincuente: guiado de estos principios y deseoso de proporcionarles auxilio a los verdaderos pobres de esta ciudad, he dado las correspondientes órdenes en las puertas, para no permitan entrar por ellas a los que por su traje y demás señales conocidas de todos, se sospechen vengan a mendigar, obligándolos a que retrocedan y vuelvan a los pueblos de su domicilio, en donde muchos podrán ser útiles para la agricultura y demás operaciones rurales. Igualmente saldrán de esta ciudad, y se restituirán a sus pueblos todos los que se hallen en ella sin otra ocupación que la de mendigar; y en el caso de no verificarlo en el término de cuatro días, se le reclusará inmediatamente en justa pena por su desobediencia.( )

Los que quieran retirarse a la Casa de Misericordia, podrán ejecutarlo, presentando a la Junta de Gobierno las instancias o memoriales que se acostumbran, acompañadas de aquellos documentos que comprueben ser naturales de esta ciudad, vecinos de ella y verdaderamente indigente.

Se prohíbe absolutamente que por ningún pretexto ni motivo mendiguen los jóvenes de ambos sexos, así por no acostumbrarlos a la ociosidad y holgazanería, como para libertarlos de las viciosas costumbres que adquieren; previniendo serán castigados así ellos como sus padres, pues contribuyen a que sean perjudiciales a la Religión y al Estado. Cádiz nueve de Febrero de mil ochocientos y ocho. Manuel de Lapeña.» (Diario Mercantil.1808. Biblioteca Virtual de Prensa Histórica).