Ocho años de prisión para la mujer que mató al bebé de su amiga en El Ejido
La Audiencia Provincial ha impuesto una pena de ocho años de prisión a M. R. A., la mujer de 42 años y vecina de Dalías (Almería) a la que un jurado popular declaró culpable de dar muerte en diciembre de 1996 de un bebé de 14 meses, hijo de su mejor amiga y al que cuidaba junto a otros menores en una guardería ilegal que regentaba en su propio domicilio, ubicado en el término municipal de El Ejido.
Actualizado: GuardarEn la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el magistrado ponente, Manuel Espinosa, aplica la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y rebaja en un grado la mínima condena prevista en el Código Penal para el delito de asesinato con alevosía pese a que la petición fiscal elevó la pena hasta los 18 años de cárcel, 24 meses menos de los que interesó la acusación particular ejercida por la progenitora.
El veredicto atribuyó a la procesada la citada alevosía que avala el tribunal por la «fuerza e intensidad» con que se ejerció la acción para inferir «lesiones de tal magnitud a un niño de corta edad y desvalido» aunque también recoge que las «razones» del proceder de M. R. A. «no tiene correlativo inmediato en una prueba concreta sino que el jurado popular dedujo esa intención de los datos probatorios».